Interdicción por Demencia en Chile: Cómo Declarar a una Persona Interdicta

PUBLICADO EL 11/01/2023ACTUALIZADO EL 30/03/202614 MIN DE LECTURA

Sobre el autor

Victor Iturra A.

Victor Iturra A.

Abogado

Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Diego Portales. Año 2013.

Interdicción por Demencia en Chile: Cómo Declarar a una Persona Interdicta

La interdicción por demencia es un procedimiento judicial que declara a una persona incapaz de administrar sus bienes por pérdida de facultades mentales, nombrando un curador que los administre. Se solicita cuando un familiar tiene demencia o discapacidad mental permanente y no puede firmar contratos ni disponer de su patrimonio.

Respuesta rápida: ¿Qué es la interdicción por demencia?

¿Qué es?
Procedimiento judicial para declarar incapacidad mental y nombrar un curador que administre los bienes de la persona.

¿Quién puede solicitarla?

  • Cónyuge no separado judicialmente
  • Consanguíneos hasta 4º grado (padres, hijos, hermanos, tíos, primos)
  • Curador del menor a quien sobreviene la demencia durante la curaduría
  • Defensor público

Documentos clave:

  • Certificado de discapacidad mental (COMPIN)
  • Inscripción en Registro Nacional de la Discapacidad
  • Demanda judicial patrocinada por abogado
  • otros antecedentes complementarios

Resultado:
Sentencia que nombra curador + inscripción en Conservador de Bienes Raíces + publicaciones = todos los actos jurídicos del interdicto son nulos.

Plazo: aproximadamente 6 meses desde la demanda hasta la sentencia ejecutoriada.

¿Necesitas declarar interdicta a una persona por demencia para poder administrar sus bienes y cuidarla adecuadamente?

Muchas veces tenemos un familiar que tiene bienes, pero que no está en una posición mental de poder firmar contratos. El dinero es un bien escaso y muchas veces quienes los tienen a su cuidado necesitan que estos bienes generen dinero para poder cuidar de manera adecuada a esta persona.

¿Estás en una situación similar? Entonces estás en el lugar correcto. En este artículo, te explicaremos todo lo que necesitas saber para obtener la declaración judicial de interdicción por demencia.

¿Qué significa que una persona sea interdicta?

Que una persona sea interdicta significa que fue declarada judicialmente incapaz de administrar sus bienes por presentar demencia o discapacidad mental permanente. La interdicción es una situación de incapacidad legal donde, una vez declarada por sentencia judicial, sus bienes quedan bajo la administración de un curador designado por el tribunal.

En términos simples: La persona interdicta pierde el derecho legal de firmar contratos, vender, comprar o administrar su patrimonio. Todas estas facultades las ejerce el curador en su representación.

Causales de Interdicción

Nuestra ley permite la declaración de interdicción por dos causales:

  1. Por Demencia: La persona declarada interdicta presenta alguna discapacidad mental (este artículo se refiere a este).
  2. Por Disipación: La persona declarada interdicta, gasta sus bienes en cosas inútiles que no guarda proporción con los medios que puede disponer para atender a las necesidades familiares (este artículo no trata de este).

¿En qué consiste la declaración de interdicción?

En buscar declarar por sentencia judicial que una persona está incapacitada para disponer de sus bienes, ya sea porque tiene demencia o porque los dilapida, y que se le nombre un representante (curador) que los administre por él.

Juicio de Interdicción por demencia en Chile

Conforme al artículo 456 del C. Civil, demente es aquel que se encuentra en un estado habitual de demencia, aunque tenga intervalos lúcidos. Para el caso que sea adulto, debe ser privado de la administración de sus bienes, mediante un juicio de interdicción. Caber hacer presente, que el declarado interdicto puede volver a recuperar la administración de sus bienes conforme a los artículos 468, 454 y 455 del Código Civil.

El juicio de interdicción del demente puede iniciarse por el cónyuge no separado judicialmente (administrará además la sociedad conyugal), por cualquiera de sus consanguíneos hasta el cuarto grado, por el curador del menor a quien sobreviene la demencia durante la curaduría o por el defensor público.

Debe tenerse presente la situación especial de las personas internadas en un Hospital Psiquiátrico Público, respecto de las cuales por el solo ministerio de la ley, el Director de este Hospital Público ejerce la calidad de curador provisorio de sus bienes, conforme a la prescrito en el artículo 133 del Código Sanitario (siempre que no se les haya designado un curador o estén sometidos a patria potestad o potestad marital)

Este juicio puede ejercerse de manera contensiosa, es decir, buscar que se declare interdicta a una persona contra su voluntad o, de manera voluntaria, que es cuando una persona ya tiene la certificación de discapacidad mayor de un 30% por el COMPIN. Este último juicio especial se encuentra regulado en la Ley Nº 18.600 que establece normas sobre Deficientes Mentales, en especial el artículo 2, 4 y 18 bis, y es el más utilizado en Chile.

Definición de Demente en la Ley

Se considera persona con discapacidad mental a toda aquella que, como consecuencia de una o más limitaciones síquicas, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que las hubiera originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración social.

Art. 2 Ley 18.600

Proceso de Interdicción

Cuando la discapacidad mental de una persona se haya inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, su padre o madre podrá solicitar al juez que, con el mérito de la certificación vigente de la discapacidad, otorgada de conformidad al Título II de la Ley Nº 19.284, y previa audiencia de la persona con discapacidad, decrete la interdicción definitiva por demencia y nombre curador definitivo al padre o madre que la tuviera bajo su cuidado permanente. Si el cuidado permanente lo ejercen los padres de consuno, podrá deferir la curaduría a ambos. El juez procederá con conocimiento y previa citación personal y audiencia del discapacitado. En caso de ausencia o impedimento de los padres, los parientes más cercanos podrán proceder de igual forma, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 18 bis. Se aplicará a la persona discapacitada interdicta lo que prevén los artículos 440 y 453 del Código Civil para la guarda del menor adulto y del disipador, respectivamente. La suma de dinero que se asigne al discapacitado para sus gastos personales podrá ser fijada prudencialmente por el mismo curador, de acuerdo con su grado de discapacidad. La persona interdicta podrá celebrar contratos de trabajo con la autorización del curador.

Art. 4 Ley 18.600

Requisitos para ser declarado Curador Provisorio de un interdicto por Demencia

Las personas naturales o jurídicas que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad y que tengan a su cargo personas con discapacidad mental, cualquiera sea su edad, serán curadores provisorios de los bienes de éstos, por el solo ministerio de la ley, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que se encuentren bajo su cuidado permanente. Se entiende que se cumple dicho requisito:

a) cuando existe dependencia alimentaria, económica y educacional, diurna y nocturna, y

b) cuando dicha dependencia es parcial, es decir, por jornada, siempre y cuando ésta haya tenido lugar de manera continua e ininterrumpida, durante dos años a lo menos.

  1. Que carezcan de curador o no se encuentren sometidos a patria potestad.

  2. Que la persona natural llamada a desempeñarse como curador provisorio o, en su caso, los representantes legales de la persona jurídica, no estén afectados por alguna de las incapacidades para ejercer tutela o curaduría que establece el párrafo 1 del Título XXX del Libro Primero del Código Civil.

Si las circunstancias mencionadas en el inciso anterior constaren en el Registro Nacional de la Discapacidad, bastará para acreditar la curaduría provisoria frente a terceros el certificado que expida el Servicio de Registro Civil e Identificación

La curaduría provisoria durará mientras permanezcan bajo la dependencia y cuidado de las personas inscritas en el Registro aludido y no se les designe curador de conformidad con las normas del Código Civil.

Para ejercer esta curaduría no será necesario el discernimiento, ni rendir fianza, ni hacer inventario. Estos curadores gozarán de privilegio de pobreza en las actuaciones judiciales y extrajudiciales que realicen en relación a esta curaduría y no percibirán retribución alguna por su gestión.

Las disposiciones del Código Civil sobre los derechos y obligaciones de los curadores se aplicarán en todo lo que resulte compatible con la curaduría que en este artículo se señala.

Art. 18bis Ley 18.600

¿Cómo declarar interdicta a una persona por demencia? Paso a paso

Para declarar interdicta a una persona por demencia en Chile, debes seguir este procedimiento judicial:

  1. Obtener evaluación médica: Consulta con psiquiatra o neurólogo para diagnóstico de demencia o discapacidad mental. El médico debe certificar el estado habitual de demencia y grado de afectación.
  2. Tramitar certificado de discapacidad en COMPIN: Solicita certificado de discapacidad mental en COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez). Este certificado oficial acredita la discapacidad conforme a Ley Nº 19.284. Puedes tramitarlo en https://compin.cerofilas.gob.cl
  3. Inscribir certificado en Registro Nacional de la Discapacidad: Inscribe el certificado COMPIN en el Servicio de Registro Civil e Identificación (Registro Nacional de la Discapacidad). Este paso es obligatorio antes de presentar la demanda. Trámite online: https://solicitudeswebrc.srcei.cl
  4. Preparar y presentar demanda de interdicción: Presenta demanda judicial ante el tribunal civil correspondiente al domicilio de la persona. Debe incluir: identificación del solicitante, certificados médicos, inscripción en Registro de Discapacidad, hechos que justifican la interdicción y petición de nombramiento de curador. Para conocer tu tribunal competente, consulta el sitio del Poder Judicial: https://www.pjud.cl
  5. Nombramiento de curador provisorio: El tribunal designará un curador provisorio mientras dura el juicio. Puede ser el mismo solicitante si cumple requisitos (padre, madre o pariente cercano con cuidado permanente). Esto se hace habiendo oído al menos a los parientes. Esto es solo si no le aplica la curaduria provisoria del art 18 bis de la ley 18.600
  6. Citación y audiencia con el presunto interdicto: El tribunal citará personalmente a la persona que se pretende interdictar para que comparezca a audiencia. En esta audiencia el juez escuchará directamente a la persona con discapacidad para evaluar su estado mental, su opinión sobre el proceso y verificar que se respeten sus derechos. Esta audiencia es obligatoria según el artículo 4 de la Ley 18.600. Si no está en condiciones de desplazarse, le visita.
  7. Audiencia de parientes: El tribunal citará a audiencia para escuchar a la persona con discapacidad y a sus parientes más cercanos. Se evalúa la procedencia de la interdicción y quién debe ser el curador definitivo.
  8. Sentencia de interdicción: El juez dictará sentencia declarando la interdicción por demencia y nombrando curador definitivo. La sentencia debe quedar ejecutoriada (firme y sin recursos pendientes).
  9. Inscripción en Conservador de Bienes Raíces: Inscribe la sentencia ejecutoriada en el Registro de Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces. Solo con esta inscripción la interdicción es oponible a terceros y el curador puede actuar legalmente.

¿Qué se necesita para declarar a una persona interdicta? Documentos necesarios

Checklist completo:

  • Certificado de discapacidad mental emitido por COMPIN
  • Inscripción en Registro Nacional de la Discapacidad (Registro Civil)
  • Certificado de nacimiento de la persona a interdictar
  • Certificado de antecedentes penales del solicitante
  • Certificado que acredite parentesco (si corresponde)
  • Informes médicos complementarios (psiquiátricos, neurológicos)
  • Cédula de identidad de solicitante y persona a interdictar
  • Demanda judicial patrocinada por abogado

¿Qué es el certificado COMPIN para interdicción?

El certificado COMPIN es el informe médico oficial que acredita la discapacidad mental de una persona y es requisito obligatorio para solicitar la interdicción por demencia.

¿Qué debe incluir el certificado COMPIN?

  • Diagnóstico principal y secundario de la condición mental
  • Descripción del grado de afectación (leve, moderado, severo)
  • Evaluación de capacidad para administrar bienes
  • Carácter permanente de la discapacidad
  • Firma del médico especialista evaluador

¿Cómo obtenerlo?

  1. Solicita hora en COMPIN de tu región (online o presencial)
  2. Asiste a evaluación médica con informes previos
  3. COMPIN emite certificado de discapacidad (si procede)
  4. Inscribe el certificado en Registro Civil

Importante: Sin el certificado COMPIN inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, NO puedes iniciar el juicio de interdicción simplificado del artículo 4 de la Ley 18.600.

Enlaces de trámite:

¿Cuáles son los efectos de la declaración de interdicción?

Inscrita la Sentencia ejecutoriada en el Conservador de Bienes Raíces, todos los actos jurídicos que lleve a cabo la persona declarada interdicta serán absolutamente nulos.

De acá en adelante, los bienes los administrará el curador, quien para probar que tiene facultades suficientes deberá probar tener la sentencia judicial que declara la interdicción, su certificado de ejecutoria y la inscripción en el Registro de Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces.

Asimismo, los poderes o mandatos dados como poderdante, mandante, poderdatario o mandatario, terminan de obligar a las partes.

Conclusiones

Como dijimos al comienzo, esto no se trata de aprovecharse del interdicto y lucrar con sus bienes. Muchas veces es necesario disponer de ellos porque el dinero es un bien escaso y quienes le cuidan necesitan que estos bienes generen dinero para poder cuidar de manera adecuada a esta persona.

La interdicción por demencia es un procedimiento legal necesario cuando un familiar no puede administrar sus bienes por pérdida de facultades mentales. Requiere certificación médica oficial (COMPIN), inscripción en Registro de Discapacidad, demanda judicial y nombramiento de curador.

Puntos clave a recordar:

  • La interdicción protege a la persona y su patrimonio
  • Es un procedimiento judicial que dura 6-12 meses
  • Requiere certificado COMPIN inscrito en Registro Civil
  • El curador actúa en representación del interdicto
  • La sentencia debe inscribirse en Conservador de Bienes Raíces

Si estás en una situación así o similar, no dudes en contactarnos más abajo para obtener la Declaración Judicial de Interdicción por Demencia.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa que una persona sea interdicta?
Significa que fue declarada judicialmente incapaz de administrar sus bienes por demencia o discapacidad mental, nombrándose un curador que los administre en su representación.
¿Cómo se declara interdicta a una persona por demencia?
1) Obtener certificado médico, 2) Tramitar certificado COMPIN, 3) Inscribir en Registro de Discapacidad, 4) Presentar demanda judicial, 5) Audiencia de parientes, 6) Sentencia que nombra curador, 7) Inscripción en Conservador de Bienes Raíces.
¿Qué se necesita para declarar a una persona interdicta?
Certificado de discapacidad mental emitido por COMPIN, inscripción en Registro Nacional de la Discapacidad, certificados de identidad, certificado de antecedentes, acreditación de parentesco y demanda judicial patrocinada por abogado.
¿Quién puede solicitar la interdicción?
El cónyuge no separado judicialmente, cualquier consanguíneo hasta 4º grado (padres, hijos, hermanos, tíos, primos), el curador del menor al que sobreviene la demencia durante la curaduría, o el defensor público.
¿Qué es el certificado COMPIN para interdicción?
Es el informe médico oficial emitido por COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez) que certifica el grado de discapacidad mental y fundamenta la solicitud de interdicción. Es obligatorio inscribirlo en el Registro Nacional de la Discapacidad antes de iniciar el juicio.
¿Cuánto se demora una interdicción por demencia?
Entre 6 y 12 meses según el tribunal y la complejidad del caso. Incluye: tramitación certificado COMPIN (1-3 meses), presentación demanda, audiencia de parientes, sentencia e inscripción en Registro.
¿Qué es el Registro de Interdicciones?
Es un registro público llevado por el Conservador de Bienes Raíces donde se inscribe la sentencia de interdicción para que terceros conozcan la incapacidad legal de la persona interdicta.
¿Puede una persona interdicta recuperar su capacidad?
Sí, si recupera sus facultades mentales, puede solicitarse el alzamiento de la interdicción mediante nuevo juicio con evaluación médica que acredite la recuperación (artículos 468, 454 y 455 del Código Civil). Más información en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=172986

Advertencia

Este artículo es de carácter informativo y no constituye consejo legal para un caso concreto. Tu situación particular debe ser analizada de forma individual por un abogado. La precisión técnica de algunas expresiones jurídicas puede haber sido sacrificada en favor de una mejor comprensión para personas comunes y corrientes.

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