Quiebra de Empresas
Termina Tu Empresa Dejando Todo en Cero
Ayudamos a Emprendimientos Fallidos
Para que puedan reemprender y volverlo a intentar, sin dejar dolores de cabeza pendientes
Testimonios
"Lejos AIJ Abogados son los mejores, me dieron mucha seguridad porque manejan a la perfección los conocimientos de quiebra".
★★★★★
Ismael Muñoz S.
"Lo mejor que hice fue contratar sus servicios. No hay cómo tener la paz de no deberle un peso a nadie el día de hoy".
★★★★★
Edith Bravo V.
"Sus respuestas a mis inquietudes fueron respondidas rápidamente y hoy ya no debo a nadie. Sus honorarios muy accesibles".
★★★★★
Paolo Donoso S.
Ayudamos Personas Deudoras Que No Pueden Seguir Pagando
¿Cómo Te Puede Ayudar La Ley 20.720 respecto de la Quiebra de Empresas?
La Ley de Quiebra quiere que quedes Debiendo Cero. Por lo tanto, es una de las formas más eficaces de deshacerse de las deudas, responsabilidades y obligaciones que generó tu empresa fallida.
¿Cómo Te Puede Ayudar La Ley 20.720 respecto de la Quiebra de Empresas?
La Ley de Quiebra quiere que quedes Debiendo Cero. Por lo tanto, es una de las formas más eficaces de deshacerse de las deudas, responsabilidades y obligaciones que generó tu empresa fallida.
¿Cómo Te Puede Ayudar La Ley 20.720 respecto de la Quiebra de Empresas?
La Ley de Quiebra quiere que quedes Debiendo Cero. Por lo tanto, es una de las formas más eficaces de deshacerse de las deudas, responsabilidades y obligaciones que generó tu empresa fallida.



¿Qué Necesito Si Quiero Usar La Quiebra de Empresas?

1. Tomar La Decisión
No existen mayores requisitos. Solo necesitas decidir hacerlo. Un liquidador se hará cargo de tu empresa y decidirá si la cierra o continúa su giro dependiendo de si existen pagos pendientes a la empresa. Normalmente, decidirá cerrarla y se hará cargo de todas esas gestiones.
2. Conseguir Un Buen Abogado
El beneficio es gigantesco, pero también el remedio puede ser peor que la enfermedad. La asesoría de un buen abogado y su evaluación son cruciales. La Ley de Quiebra de Empresas es para la gran mayoría, pero no para todos. Debes asesorarte correctamente.
El Resultado De Acogerte A La Quiebra de Empresas, Es Deber Cero
Así es. La Ley de Quiebra fue creada emprendedores que fallaron, para que no queden con deudas pendientes, tomen el aprendizaje adquirido, y puedan volver a reemprender desarrollando una nueva idea.
Tenemos que Redactar una Demanda con una Lista con todos Los Bienes de La Empresa
También tenemos que poner una Lista con todos tus Acreedores (A quién le debes), para que el liquidador sepa con quién hablar.
Una Lista con todos los Juicios que tengas pendiente en tu contra, si los tienes.
Una Lista con todos los Trabajadores de la Empresa, si los tienes, y el estado de su situación de pagos laboral.
Un Balance del ultimo año tributario, si tu empresa estaba sujeta a contabilidad completa. ¡Eso es Todo!
Tenemos que Redactar una Demanda con una Lista con todos Los Bienes de La Empresa
También tenemos que poner una Lista con todos tus Acreedores (A quién le debes), para que el liquidador sepa con quién hablar.
Una Lista con todos los Juicios que tengas pendiente en tu contra, si los tienes.
Una Lista con todos los Trabajadores de la Empresa, si los tienes, y el estado de su situación de pagos laboral.
Un Balance del ultimo año tributario, si tu empresa estaba sujeta a contabilidad completa. ¡Eso es Todo!

Tenemos que Redactar una Demanda con una Lista con todos Los Bienes de La Empresa
También tenemos que poner una Lista con todos tus Acreedores (A quién le debes), para que el liquidador sepa con quién hablar.
Una Lista con todos los Juicios que tengas pendiente en tu contra, si los tienes.
Una Lista con todos los Trabajadores de la Empresa, si los tienes, y el estado de su situación de pagos laboral.
Un Balance del ultimo año tributario, si tu empresa estaba sujeta a contabilidad completa. ¡Eso es Todo!
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La Ley de Quiebra Te Permite Dejar De Enviar Tu Dinero a Un Pozo Sin Fondo!
Conoce La Experiencia
De Algunos De Nuestros Clientes
"La Atención fue muy profesional. Me acompañaron en todo momento aclarando mis dudas y desaparecieron mis deudas".
★★★★★
Daniela Figueroa A.
"Lejos AIJ Abogados son la mejor opción. Me dieron mucha seguridad, porque conocen a la perfección los conocimientos de una quiebra".
★★★★★
Ismael Muñoz S.
"Lo mejor que pude hacer fue contratar sus servicios. No hay cómo tener la tranquilidad de no deberle un peso a nadie el día de hoy".
★★★★★
Edith Bravo V.
"Fue buena decisión solicitar sus servicios. Siempre se preocuparon de mi caso, logrando excelentes resultados con su asesoría".
★★★★★
Pedro Araya C.
"Agradezco el apoyo entregado. Me sentí muy acompañada y aclararon todas mis dudas. Su trato fue muy humano".
★★★★★
Katherine Soto P.
"Sus respuestas a mis inquietudes fueron respondidas rápidamente y hoy ya no debo a nadie. Sus honorarios son muy accesibles".
★★★★★
Paolo Donoso S.
Algunas Preguntas Frecuentes
Depende. Si te casaste con Separación de Bienes, no pasa nada. Si estas casado en Sociedad Conyugal, se arrastran también los bienes de tu esposo(a) que sean parte de la Sociedad Conyugal (lo adquirido por el art. 150 queda fuera, entre otros)
Depende. Si ganas menos de 54UF mensuales, tu sueldo no se tocará nunca. Si ganas más que eso el Liquidador embargará por 3 meses el excedente. Ej: Si ganas 1.700.000 (54UF son cerca de 1.500.000), te embarga solo 200.000 durante 3 meses.
Generalmente el Liquidador incauta los bienes a los 30 días desde la Sentencia de Liquidación, lo que a su turno, ocurre a 30 días de presentada la Solicitud. En consecuencia, posiblemente a los 60 días de presentada la Solicitud el Liquidador estaría haciendo retiro de tus bienes
No importa. Nuestra Corte Suprema ha indicado que no importa si no tienes bienes o si tus bienes son muy pocos comparados con tus deudas. ¿Qué sentido tendría que la ley beneficie solo a los que tienen bienes que entregar?
Depende de tu nivel de endeudamiento y patrimonio, pues toca entregar bienes, asi es que está pensado para situaciones de deuda importante. Asi, si tienes bienes importantes como autos o inmuebles, debe ser muy bien analizado junto a tu abogado y caso a caso. ¿Esto Conviene A Toda Persona?
Igualmente puedes usar el procedimiento. Nuestra Corte Suprema ha indicado que el hecho de que la ley pida una lista de demandas vigentes, no quiere decir que tengas que estar demandado. Simplemente la lista de demandas dirá que tienes 0 en tu contra.
Si generaste boletas de honorarios como persona natural los últimos 24 meses, la ley te considera "empresa" ¿Puedes pedir tu quiebra? Si, solo que la demanda pide agregar un par de información más. Eso es todo. Nada dramático.
NO! Un NO bien GIGANTE. La ley declara ciertos bienes como inembargables, los que el liquidador no se llevará. Por ejemplo: las cosas básicas de la pieza, básicos de la cocina, bienes necesarios para tu trabajo, entre otros. Respira tranquilo...

Ofrecemos Facilidades de Pago
Puedes pagar con todos los medios de pago disponibles. Tu escoges lo que te convenga junto a nuestra asesoría, dependiendo de tu carga crediticia.
Nuestra Garantía
Somos Abogados. Nuestro Estudio Jurídico es AIJ Abogados.
Hemos visto múltiples casos de Liquidación Voluntaria de Persona Deudora desde la publicación de la Ley 20.720 en octubre de 2014.
Además, manejamos los conocimientos prácticos y teóricos para resolver de la mejor manera los casos de rechazo. Por eso te garantizamos que presentaremos tu caso todas las veces que sea necesario hasta que se apruebe, sin NINGÚN costo extra. Por esto, tenemos todos nuestros casos ganados.

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