
Respuesta rápida
Sí, es posible. La vía es invocar menoscabo moral por el apellido del padre biológico ausente y/o uso social prolongado del apellido del padrastro, ambas causales reconocidas en el Art. 1° Ley 17.344. Se prueban con testigos ante receptor judicial.
Muchas personas crecieron con un padrastro que fue, en los hechos, la figura paterna real de su vida. Cuando eso pasa, llevar el apellido del padre biológico puede sentirse ajeno, injusto o incluso doloroso. Por eso esta duda aparece con fuerza: si existe una forma legal de hacer que la identidad registral refleje mejor la historia personal y familiar.
En Chile sí puede ser posible cambiar el apellido por el del padrastro, pero no porque la ley lo diga de manera expresa. Lo que se hace es construir el caso sobre causales legales ya existentes y probarlas bien.
Punto importante
¿Me permite la ley cambiar mi apellido por el de mi padrastro?
La ley en Chile permite que las personas cambien sus apellidos por determinados motivos.
Muchas personas que quieren cambiar su apellido, lo hacen por el abandono sufrido por la figura paterna biológica. Por ende, es probable que con el tiempo tu madre se haya vuelto a casar o estar en pareja con otra persona que llenó en ti la carencia del padre biológico, y, en consecuencia, quieras adoptar el apellido de tu padrastro.
Si bien la ley de cambio de apellido no contempla expresamente una causal que tenga que ver con el padrastro, la construimos en base a otras causales contenidas en la ley. Para que esto sea posible, deben probarse dos causales legales: A) El menoscabo moral y el uso del apellido del padrastro durante más de 5 años.
Artículo 1º: Toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento. Sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificación de inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombres y apellidos distintos de los originarios a consecuencia de una legitimación, legitimación adoptiva o adopción, cualquiera persona podrá solicitar, por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes:
a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente.
b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios.Ley Nº 17.344, Art. 1°, modificado por Ley 21.334
Lo que hacemos, es argumentar que cargar el apellido de tu padre biológico, te causa un daño moral porque es el apellido de una persona con la que no quieres ser relacionada, y, que al mismo tiempo, hace más de 5 años que te presentas o usas socialmente el apellido de tu padrastro (aunque en verdad sea por menos). Ambos puntos se acreditan exclusivamente a través de la declaración de dos testigos ante receptor judicial — no se necesita psicólogo ni documentos adicionales para probarlos.
Si cumplimos con estos requisitos, el caso puede avanzar. El proceso no es jurídicamente imposible, pero sí conviene prepararlo bien para evitar rechazos por una mala estrategia probatoria.
¿Cual es el procedimiento para llevar el apellido de mi padrastro?
Se debe presentar una demanda en los juzgados de letra civiles competente a tu domicilio.
Hecho eso, debemos realizar tres trámites.
- Informe del Registro Civil: Se solicita al Registro Civil un informe para que indique si estás condenado a pena aflictiva además de remitir tu partida de nacimiento.
- Declaración de testigos: Un receptor judicial tomará la declaración a dos testigos mayores de edad sobre los hechos en los que se fundamenta tu demanda.
- Publicaciones en el Diario Oficial: Debemos publicar un extracto de tu solicitud en el Diario Oficial, para que en el plazo de 30 días pueda reclamar cualquier persona que se oponga.
- Certificaciones: Se deben pedir certificaciones en la causa, como a aquella que certifica que pasó el plazo de 30 días para oponerse a tu solicitud de parte de terceros una vez publicada en el diario oficial.
Una vez completado el proceso, el cambio quedará reflejado oficialmente en tu inscripción de nacimiento.
Ideas finales
En conclusión, sí puede ser posible cambiar el apellido por el del padrastro en Chile, pero el éxito depende de cómo se construya y pruebe la causal. No basta con la intención afectiva: hay que demostrar menoscabo moral y uso social prolongado del apellido que quieres adoptar.
¿Quieres llevar el apellido del padrastro que te crió?
Revisamos tu caso, cómo construir la prueba de menoscabo y uso social, y si la solicitud tiene lo necesario para que el tribunal la apruebe.
Quiero revisar mi casoPreguntas frecuentes
- ¿Cambiarme al apellido de mi padrastro crea filiación con él?
- No. El cambio de apellido no convierte al padrastro en padre legal ni elimina la filiación con el padre biológico. Para eso existen otras vías, como la adopción, si se cumplen sus requisitos.
- ¿Sirve haber usado socialmente el apellido del padrastro?
- Sí, puede ser un antecedente muy útil si testigos y documentos muestran que la persona ha sido conocida por ese apellido durante años en su colegio, trabajo, redes o entorno familiar.
- ¿Debe notificarse al padre biológico?
- En menores de edad es frecuente que el tribunal ordene citarlo o notificarlo. En adultos, dependerá de la causal, los antecedentes y lo que resuelva el tribunal.
- ¿Qué pasa si el padre biológico se opone activamente?
- Una oposición no impide el cambio automáticamente. El tribunal evalúa si el fundamento de la oposición es serio. Si la prueba del menoscabo y el uso social está bien construida, la oposición raramente es suficiente para rechazar la solicitud.
- ¿El padrastro tiene que autorizar el cambio?
- No siempre es un requisito formal, pero puede ser útil contar con antecedentes que demuestren el vínculo familiar real y el motivo por el cual se pide usar ese apellido.
Alcance del contenido
Este contenido es informativo y no reemplaza asesoría legal para un caso concreto. Si quieres conocer los criterios con que elaboramos y revisamos estos contenidos, puedes revisar nuestra Política editorial.
Sobre el autor

Abogado
Fundador del estudio. 12 años asesorando empresas en derecho societario, laboral, insolvencia y contratos.
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