Aumento de Pensión de Alimentos en Chile: Cuándo Procede y Cómo Probarlo

Constanza Alejandra Cabrera Farah

Por Constanza Farah Publicado el 2 feb 2026 · Actualizado el 28 ago 2026 · 7 min

Aumento de Pensión de Alimentos en Chile: Cuándo Procede y Cómo Probarlo

Respuesta rápida

Para pedir aumento de pensión de alimentos en Chile debes acreditar un cambio relevante de circunstancias desde que se fijó el monto original: nuevas necesidades del hijo (educación, salud, actividades) o mejora de la situación económica del alimentante. La mediación previa es obligatoria. Sin prueba concreta del cambio de circunstancias, el tribunal suele rechazar la demanda.

Haces las cuentas cada mes y el monto que antes alcanzaba ya no cubre lo básico: subió el colegio, apareció un tratamiento médico, tu hijo o hija simplemente creció y ahora necesita más. Sientes que la pensión quedó corta, pero no sabes si esa sensación alcanza para pedirle al tribunal que la suba.

Esta guía explica cuándo ese cambio es jurídicamente relevante, qué prueba necesitas para sostenerlo y por qué no es lo mismo pedir un aumento que esperar el reajuste automático de la pensión.

Punto importante

Atención: el aumento no opera automáticamente aunque los gastos suban. Si el alimentante no paga el nuevo monto voluntariamente, la única forma de obligarlo es con sentencia judicial. Sin mediación previa y sin prueba del cambio de circunstancias, el tribunal rechazará la demanda (Ley 14.908, Art. 106 Ley 19.968).

¿Qué es el aumento de pensión de alimentos?

¿Quieres entender todo el sistema de pensión de alimentos antes de pedir el aumento? Revisa nuestra Guía Completa de Pensión de Alimentos en Chile: cálculo, montos, procedimientos y apremios.

En el derecho chileno, el aumento de pensión de alimentos es una demanda judicial para subir el monto fijado cuando exista un cambio de circunstancias.

La pensión de alimentos está regulada en la Ley 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, que establece los criterios y procedimientos aplicables.

Aumento no es lo mismo que reajuste

Es fácil confundirlos, pero son dos cosas distintas.

ReajusteAumento
Cómo operaAutomático, según la variación de la UTMRequiere demanda judicial
Cuándo procedeSiempre que la pensión esté fijada en UTMSolo si cambiaron las circunstancias de fondo
Necesita mediación previaNo
Basta con la inflaciónSí, es justamente su funciónNo, exige más gastos o mejor capacidad económica del otro padre

Si tu pensión ya está en UTM y lo que buscas es entender ese reajuste automático, revisa la sección correspondiente de nuestra Guía Completa de Pensión de Alimentos en Chile.

Antes de decidir cuál de las dos vías corresponde a tu caso, también puede ayudarte revisar los montos vigentes con nuestra calculadora de pensión de alimentos.

¿Cuándo procede pedir el aumento?

Suele proceder cuando existe un cambio de circunstancias relevante, por ejemplo:

  • Aumento de gastos en salud, educación o tratamientos.
  • Crecimiento del hijo o hija y mayores costos en su desarrollo.
  • Nuevas necesidades familiares debidamente acreditadas.
  • Menores ingresos de quien les cuida, entre otros.

¿Es obligatorio pasar por mediación?

Sí. En alimentos, la mediación familiar previa suele ser obligatoria. Puedes solicitarla a través de la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial o de un centro de mediación acreditado. Si no hay acuerdo, se emite un acta de mediación frustrada y recién ahí se puede demandar.

La obligatoriedad de la mediación en materias de familia está establecida en la Ley 19.968 de Tribunales de Familia, artículo 106.

¿Qué debe probarse en el tribunal?

El tribunal analiza dos aspectos centrales:

  • Necesidades actuales del alimentario (gastos reales y justificados).
  • Capacidad económica del alimentante (ingresos, patrimonio y cargas).
  • Cambio de circunstancias, es decir, que algo haya cambiado desde la última vez que se fijó la pensión alimenticia.

Mientras mejor documentados estén estos puntos, más sólida será la solicitud.

En los casos que hemos visto, la solicitud se debilita más seguido por falta de prueba de las nuevas necesidades que por falta de capacidad económica del otro padre: es más fácil acreditar boletas y matrículas propias que la situación financiera de alguien más.

¿Se puede pedir un aumento provisorio?

Es posible solicitar un aumento provisorio junto con la demanda, si existen antecedentes suficientes. El tribunal evaluará esa petición al inicio del juicio.

  1. Reunir antecedentes: Junta boletas, certificados y documentos que acrediten mayores gastos.
  2. Mediación previa: Solicita mediación familiar obligatoria antes de demandar.
  3. Contratar abogado: Necesitas patrocinio de abogado para presentar la demanda.
  4. Presentar la demanda: Ingresa la solicitud de aumento ante el tribunal de familia competente.
  5. Rendir prueba: Acredita necesidades, situacion patrimonial de ambos padres y cambio de circunstancias en la audiencia correspondiente.
  6. Obtener sentencia: El tribunal decide si corresponde subir el monto de la pensión.

¿La pensión ya no cubre los gastos reales de tu hijo?

Revisamos si tienes prueba suficiente del cambio de circunstancias y cómo preparar la demanda de aumento antes de ir a mediación.

Evaluar mi caso de aumento

Cómo decidir lo que sigue

Todo se reduce a tres preguntas: si lo que necesitas es un reajuste automático o un aumento real, si el cambio de circunstancias que quieres invocar está bien documentado, y si ya pasaste (o puedes pasar rápido) por la mediación obligatoria. Con esos tres puntos resueltos, la demanda de aumento se sostiene sola; sin ellos, el tribunal tiene poco de dónde agarrarse para acogerla.

Lo que necesitas tener claro antes de decidir:

  • Si es reajuste o aumento: confirma primero si tu pensión ya está en UTM y solo necesitas esperar el ajuste automático.
  • Prueba de las nuevas necesidades: boletas, matrículas, certificados médicos o cualquier comprobante que muestre el gasto real.
  • Antecedentes de la capacidad económica del otro padre: aunque sean indirectos (redes sociales, bienes, cambios laborales conocidos).
  • Certificado de mediación frustrada: sin este trámite previo, la demanda no se puede presentar.
  • Si conviene pedir un aumento provisorio: para no esperar toda la duración del juicio sin ese monto adicional.
  • El desgaste de seguir cubriendo el déficit de tu bolsillo: cada mes que pasa sin resolverlo es un mes donde alguien más asume ese costo.

Sabemos que llegar a este punto no es solo una cuenta que no cuadra. Es la sensación de estar sosteniendo solo algo que debería ser compartido, y el cansancio de tener que demostrar, con papeles, algo que para ti es evidente todos los días.

Cuando ya intentaste conversarlo y no avanzó, tener ordenada la prueba del cambio de circunstancias es lo que permite que la demanda avance rápido en vez de estirarse en audiencias sin rumbo. Puedes encontrar más contexto sobre tus derechos en el área de Derecho de Familia.

Preguntas frecuentes

¿Sirve el aumento de colegio o salud como fundamento?
Sí, si el gasto es real, necesario y está respaldado. Conviene acompañar matrículas, mensualidades, tratamientos, recetas, presupuestos y comprobantes de pago.
¿Puedo pedir aumento si el otro padre empezó a ganar más?
Puede ser un antecedente relevante, pero no basta por sí solo. Hay que conectar esa mayor capacidad económica con las necesidades actuales del hijo.
¿Desde cuándo se paga el nuevo monto si se acoge la demanda?
Depende de lo que resuelva el tribunal y de si se fijan alimentos provisorios. Por eso conviene pedir medidas provisorias cuando los antecedentes lo justifican.
¿Qué pasa si el aumento se pide solo por inflación?
Si la pensión ya tiene reajuste, la inflación por sí sola puede no ser suficiente. Es mejor demostrar gastos concretos que superan el monto vigente.

Alcance del contenido

Este contenido es informativo y no reemplaza asesoría legal para un caso concreto. Si quieres conocer los criterios con que elaboramos y revisamos estos contenidos, puedes revisar nuestra Política editorial.

Sobre el autor

Constanza Alejandra Cabrera Farah
Constanza Farah

Abogada

En el estudio desde 2016. Trabaja herencias, posesión efectiva, interdicciones y derecho civil patrimonial.

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