Sobre el autor

Abogado
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Diego Portales. Año 2013.

Respuesta rápida
Para demandar el autodespido debes: verificar que exista causal del art. 160, enviar carta formal al empleador con copia a la Inspección del Trabajo, y presentar la demanda judicial dentro de plazo legal. Si el tribunal acoge la causal, obtienes indemnizaciones con recargo de hasta el 80%.
La parte más difícil del autodespido no siempre es decidir salir, sino hacerlo bien. Cuando ya llegaste al punto de no poder seguir trabajando en esas condiciones, un error en la carta, en la prueba o en los plazos puede transformar un caso con indemnizaciones en una simple renuncia.
Por eso este artículo se concentra en el procedimiento: qué revisar antes de demandar, qué documentos debes tener listos, cómo se presenta la demanda, qué debes probar y qué pasa después en el juicio.
¿Qué es el autodespido en Chile?
En el derecho chileno, el autodespido se define como la facultad del trabajador para poner término al contrato cuando el empleador incurre en causales graves, de acuerdo con el artículo 171 del Código del Trabajo, que remite a causales del artículo 160.
Lo primero: verificar que exista causal legal
No cualquier conflicto permite autodespedirse. Debe existir una causal del artículo 160 Nº 1, 5 o 7 atribuible al empleador y, además, un incumplimiento grave.
Ejemplos frecuentes:
- Cotizaciones previsionales impagas (art. 160 Nº 7)
- Incumplimientos graves del contrato - remuneraciones, condiciones esenciales (art. 160 Nº 7)
- Conductas indebidas graves del empleador - acoso, maltrato (art. 160 Nº 1)
- Actos que afectan la seguridad o salud (art. 160 Nº 5)
Guía completa de causales: Autodespido en Chile
Paso a paso para demandar el autodespido
- Confirmar que la causal es sólida: Verifica que exista una causal del artículo 160 aplicable al empleador y que sea grave.
- Contratar abogado: Necesitas patrocinio de abogado para presentar la demanda.
- Reunir pruebas: Junta contrato, liquidaciones, certificados previsionales y evidencias del incumplimiento.
- Redactar la carta: Indica la causal, los hechos concretos y la fecha de término.
- Enviar la carta dentro de plazo: Remite la carta por correo certificado al empleador y copia a la Inspección del Trabajo.
- Evaluar reclamo en Inspección del Trabajo: Confirma si corresponde reclamo previo según el monto de la causa.
- Presentar la demanda: Interpone la demanda laboral en el juzgado competente dentro del plazo legal.
¿Quién tiene la carga de la prueba?
A diferencia del despido injustificado, en el autodespido el trabajador debe acreditar los hechos que invoca en su carta. Por eso, la prueba es central en la estrategia.
En un juicio por despido injustificado, la carga principal recae en el empleador, que debe probar la causal que invocó para despedir y, si no lo logra, arriesga el pago de indemnizaciones. En cambio, en el autodespido es el trabajador quien debe probar la causal que invocó en su carta y, si no lo consigue, el término puede terminar tratándose como una renuncia sin derecho a esas indemnizaciones. Por eso es crítico contar con pruebas antes de enviar la carta.
Plazos para demandar
El plazo general es de 60 días hábiles desde el término, con suspensión si hay reclamo en Inspección del Trabajo y un tope de 90 días hábiles.
IMPORTANTE: Los plazos son fatales. Si se vencen, pierdes el derecho a demandar.
¿Qué pasa si pierdo el juicio de autodespido?
Si el tribunal rechaza el autodespido:
Si el tribunal rechaza el autodespido, el término de la relación puede quedar tratado como una renuncia voluntaria, con la consiguiente pérdida del derecho a indemnización por años de servicio y a la indemnización sustitutiva del aviso previo. De todos modos, eso no impide reclamar prestaciones ya devengadas, como vacaciones proporcionales, feriado legal pendiente o remuneraciones impagas, si corresponden. Precisamente por ese riesgo, es tan importante elegir bien la causal, reunir pruebas sólidas, redactar correctamente la carta y definir la estrategia con abogado desde el inicio.
¿Qué indemnizaciones puedes pedir?
Si el autodespido se acoge, normalmente se obtiene:
1. Indemnización por años de servicio
Fórmula: 1 mes de remuneración por cada año trabajado (tope 11 años).
Base de cálculo: Última remuneración mensual devengada.
2. Indemnización sustitutiva del aviso previo
Monto: 1 mes de remuneración (equivalente al mes de aviso que el empleador debió dar).
3. Recargos legales
Según la causal:
- Art. 160 Nº 7: Recargo 50%
- Art. 160 Nº 1 o 5: Recargo hasta 80%
Los recargos se aplican sobre la indemnización por años de servicio.
4. Prestaciones pendientes
- Vacaciones proporcionales
- Feriado legal
- Sueldos impagos
- Bonos pendientes
- Horas extras
5. Tutela laboral (si aplica)
Si además del autodespido hay vulneración de derechos fundamentales (discriminación, acoso):
- Indemnizaciones adicionales de tutela
- Montos: 6-11 meses de remuneración
Ejemplo de cálculo:
Sueldo: $1.000.000
Años trabajados: 5 años
Causal: No pago cotizaciones (recargo 50%)
Indemnización años servicio: $1.000.000 x 5 = $5.000.000
Recargo 50%: $5.000.000 x 0.5 = $2.500.000
Indemnización aviso previo: $1.000.000
Vacaciones proporcionales: $200.000
TOTAL: $8.700.000
Herramienta: Calculadora de Finiquito por Autodespido
Consejos prácticos para aumentar tus posibilidades de éxito
Antes de la carta
- Documenta todo: Guarda correos, mensajes, certificados
- Intenta resolver internamente: Reclama por canales formales primero
- Consulta con abogado: Antes de enviar la carta
- Verifica plazos: No dejes pasar los 3 días
Durante el juicio
- Sé consistente: Tu demanda y prueba deben calzar con la carta
- Presenta todas las pruebas: No guardes nada para después
- Testigos creíbles: Elige bien quiénes declararán. Si no van a sumar mejor no usarlos.
Evita estos errores
- Carta genérica sin hechos específicos
- Enviar fuera de plazo
- Invocar causales sin pruebas
- No enviar copia a Inspección
- Renunciar antes de asesorarte
Ideas finales
Demandar el autodespido requiere bastante más que tener una buena intuición sobre la injusticia de lo ocurrido. En este tipo de casos, el resultado depende de que la causal esté bien elegida, de que los hechos puedan probarse y de que la carta de autodespido deje planteado con suficiente precisión el conflicto que después se llevará al tribunal. Una mala decisión en esa etapa inicial puede debilitar seriamente un caso que, en el fondo, sí tenía sustento.
También conviene mirar el autodespido con una lógica práctica y no solo jurídica. No basta con preguntarse si el empleador actuó mal, sino también si existe prueba suficiente, si el plazo está corriendo, si conviene intentar una salida previa o si el trabajador podrá sostenerse económicamente mientras avanza el juicio. Muchas veces la diferencia entre un reclamo sólido y uno débil no está en la gravedad abstracta del incumplimiento, sino en cómo se preparó el caso antes de demandar.
El autodespido no es un atajo para salir con indemnizaciones, pero sí puede ser una herramienta legítima cuando el empleador incurre en incumplimientos graves y el trabajador actúa con una estrategia bien pensada. Si estás evaluando dar ese paso, lo más razonable es revisar la causal, ordenar la prueba y definir el camino con asesoría antes de enviar la carta, porque desde ese momento queda trazado gran parte del juicio.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué pasa si la demanda incluye hechos que no estaban en la carta?
- Puede ser un problema, porque la carta delimita la controversia. Antes de demandar hay que comparar ambos textos y evitar que la demanda dependa de hechos omitidos o redactados de forma ambigua.
- ¿Qué pasa si pierdo la demanda de autodespido?
- Si el tribunal rechaza la causal, normalmente no obtienes las indemnizaciones del autodespido y el término puede tratarse como renuncia. Por eso la carta y la prueba son decisivas.
- ¿Puedo demandar a más de una empresa?
- Puede ser necesario si hay subcontratación, suministro, grupo de empresas o confusión sobre el empleador real. La estrategia depende de contratos, liquidaciones, instrucciones recibidas y quién se benefició del trabajo.
- ¿Cuánto cuesta demandar un autodespido?
- Depende del abogado, del monto y de la complejidad del caso. Puede pactarse monto fijo, porcentaje de éxito o una combinación. Lo importante es dejarlo claro antes de iniciar.
- ¿Qué pasa si el empleador no va a la audiencia?
- El juicio puede seguir adelante si la notificación fue válida. La inasistencia del empleador puede perjudicar su defensa, pero igual hay que presentar bien la prueba del caso.
- ¿Puedo llegar a un acuerdo durante el juicio?
- Sí. En cualquier etapa del proceso se puede conciliar y llegar a un acuerdo. Muchos casos se resuelven en la audiencia preparatoria o en la misma inspección del trabajo.
- ¿La audiencia preparatoria puede definir el resultado del caso?
- Sí. Aunque no siempre termina el juicio, ahí se discuten conciliación, hechos a probar, prueba admisible y estrategia procesal. Llegar sin documentos ordenados puede afectar todo lo que viene después.
- ¿El reclamo en Inspección del Trabajo es obligatorio?
- Depende del monto y del procedimiento aplicable. Además, aunque no siempre sea obligatorio, puede servir para intentar acuerdo y suspender plazos mientras se tramita.
Advertencia
Este artículo es de carácter informativo y no constituye consejo legal para un caso concreto. Tu situación particular debe ser analizada de forma individual por un abogado. La precisión técnica de algunas expresiones jurídicas puede haber sido sacrificada en favor de una mejor comprensión para personas comunes y corrientes.
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