Liquidación de la Sociedad Conyugal en Chile: Lo que debes saber

PUBLICADO EL 30/01/2023ACTUALIZADO EL 30/01/20264 MIN DE LECTURA
Liquidación de la Sociedad Conyugal en Chile: Lo que debes saber

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¿Qué es la liquidación de la sociedad conyugal?

Es el proceso para dividir bienes y deudas del régimen de sociedad conyugal cuando el matrimonio termina o se cambia el régimen.

¿Cuándo se realiza?

  • Tras el divorcio o nulidad.
  • Por cambio de régimen matrimonial.
  • Por otras causales legales.

¿Qué bienes se incluyen?

En general, los adquiridos durante el matrimonio, salvo bienes propios (herencias, donaciones, etc.).

¿Qué bienes se excluyen?

En el derecho chileno, quedan fuera de la liquidación los bienes propios, como:

  • Bienes adquiridos antes del matrimonio.
  • Bienes recibidos por herencia o donación.
  • Bienes subrogados (cuando un bien propio se reemplaza por otro, con trazabilidad).

¿Qué pasa con las deudas?

La liquidación no solo divide bienes. También considera deudas sociales (contraídas en interés de la familia o de la sociedad conyugal). Las deudas personales de un cónyuge, en cambio, no se reparten si no benefician al patrimonio común.

Vivienda familiar y bien familiar

Si el inmueble fue declarado bien familiar, puede tener restricciones para su venta o adjudicación. Esto no impide la liquidación, pero condiciona la forma en que se dispone del bien.

Etapas típicas de la liquidación

  1. Inventario: identificar bienes y deudas.
  2. Avalúo: determinar el valor de cada bien.
  3. Determinación de gananciales: separar bienes propios y sociales.
  4. Compensaciones o recompensas: ajustes cuando un patrimonio financió gastos del otro.
  5. Adjudicación o partición: reparto final entre las partes.

Formas de liquidar la sociedad conyugal

En el derecho chileno, la liquidación puede hacerse de dos maneras:

1. Mutuo acuerdo

Las partes firman una escritura pública de liquidación y adjudicación. Luego se firma en notaría y se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces que corresponda. Es la vía más rápida y menos conflictiva.

2. Sin acuerdo (vía judicial)

Si no hay acuerdo, se presenta una demanda y se nombra un juez árbitro para realizar la partición. Si no es posible adjudicar, se ordena la venta y reparto del dinero, siguiendo las reglas de partición de bienes.

Consideraciones importantes

  • Bienes anteriores al matrimonio: no se incluyen en la sociedad conyugal.
  • Bienes adquiridos durante el matrimonio: se incluyen, salvo excepciones como herencias o bienes adquiridos a título gratuito.
  • Bienes propios y reservados: cada cónyuge mantiene su patrimonio propio; en ciertos casos existe el patrimonio reservado de la mujer (art. 150 del Código Civil).
  • Acuerdos previos: capitulaciones o renuncias a gananciales pueden modificar el reparto.

Consejos para una liquidación eficaz

  • Mantener documentación completa (títulos, avalúos, deudas, pagos).
  • Privilegiar el acuerdo cuando sea posible para reducir costos y tiempos.
  • Comunicación clara entre las partes para definir bienes y deudas sin conflictos innecesarios.

Paso a paso básico

  1. Identificar bienes y deudas del régimen.
  2. Reunir documentos y respaldos (escrituras, certificados, préstamos).
  3. Valorar y acordar adjudicaciones.
  4. Formalizar la liquidación, idealmente por escritura o acuerdo judicial.
  5. Inscribir adjudicaciones cuando corresponda.

Si estás en proceso de divorcio, revisa: Divorcio en Chile.

  1. Inventariar bienes y deudas: Identifica bienes adquiridos durante el matrimonio y deudas asociadas.
  2. Contratar abogado: Necesitas obligatoriamente un abogado para redactar la escritura de liquidación.
  3. Definir la vía: Decide si la liquidación será por acuerdo o mediante juez árbitro.
  4. Valorar el patrimonio: Obtén avalúos y documentos que respalden el valor de los bienes.
  5. Formalizar la liquidación: Suscribe escritura pública o tramita el proceso judicial correspondiente.
  6. Inscribir adjudicaciones: Realiza las inscripciones necesarias en el Conservador de Bienes Raíces.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo procede la liquidación de la sociedad conyugal?
Cuando termina el régimen matrimonial y hay bienes o deudas que repartir.
¿Se puede liquidar sin divorcio?
Sí, si el régimen termina por otras causales legales o por cambio de régimen.
¿Qué bienes entran a la sociedad conyugal?
En general, los adquiridos durante el matrimonio, salvo bienes propios como herencias o donaciones.
¿Qué pasa si no hay acuerdo?
Se puede iniciar un juicio de partición con juez árbitro para repartir el patrimonio.
¿Se puede liquidar solo con un bien?
Sí, la liquidación procede aunque exista un solo bien o incluso solo deudas.