Sobre el autor

Abogado
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Diego Portales. Año 2013.

Respuesta rápida
La microempresa familiar (MEF) permite formalizar una actividad económica desarrollada desde el hogar sin necesidad de cambio de uso de suelo. Debe cumplir condiciones: el propietario o arrendatario del inmueble debe ser el mismo empresario, no puede tener más de 5 trabajadores y la actividad no puede generar molestias ni riesgos para los vecinos. Se autoriza ante la municipalidad.
¿Posees un pequeño emprendimiento en tu hogar y quieres formalizarlo?
A continuación procederemos a explicarte como es posible que constituyas una microempresa en tu hogar, para que así logres formalizar tu negocio de manera más rápida, sencilla y sin tantos requisitos.
¿Qué es una Microempresa Familiar?
La ley n° 19.749 define a la microempresa familiar o MEF como:
La microempresa familiar es una empresa, perteneciente a una o más personas naturales que residan en la casa habitación, que puede desarrollar labores profesionales, oficios, industria, artesanía, o cualquier otra actividad ya sea de prestación de servicios o de producción de bienes, excluidas aquellas peligrosas, contaminantes o molestas.
Ley de Microempresa Familiar, N°19.749.
De la definición anterior, podemos extraer que la MEF consiste en un emprendimiento, que es desarrollado por una o mas personas residentes en una casa, luego, que los residentes de esa vivienda deben pretender desarrollar en las dependencias de su hogar, actividades profesionales, oficios, industria, artesanía o cualquier otra actividad de prestación de servicios o de producción de bienes, sin producir elementos que constituyan un peligro o contaminen el medio ambiente.
Como es posible observar, al igual que la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), cualquier persona natural puede constituir una Microempresa Familiar; no requiere socios ni grandes montos de capital inicial para emprender.
Desde el almacén de la esquina hasta el taller de artesanía o las clases particulares de inglés, todo cabe bajo este formato de empresa.
¿Qué Requisitos debo Considerar antes de Crear mi Microempresa Familiar?
Primero que todo, debes preocuparte de contar con tu Clave Única en el Registro Civil, o clave del Servicio de Impuestos Internos para personas.
Ahora, según la misma ley n° 19.749 que ya mencionamos, los requisitos a considerar antes de constituir una MEF son los siguientes:
- Para poder llevar acabo la constitución de una microempresa familiar o “MEF”, es necesario contar con la documentación pertinente que acredite que eres el legítimo ocupante de la vivienda en que se desarrollará la actividad empresarial. Si la vivienda es una unidad de un condominio, deberá contar con la autorización del Comité de Administración respectivo.
- El monto del capital propio destinado a la actividad, entendiendo por tal el capital inicial declarado por el contribuyente. (queda indicado en el certificado emitido por la Municipalidad correspondiente)
- Que la actividad económica que constituya su giro se desarrolle en la casa.
- Que en la microempresa familiar no trabajen más de cinco trabajadores ajenos a la familia.
- Que los activos productivos de la microempresa familiar, sin considerar el valor del inmueble en que funciona, no superen las 1.000 unidades de fomento.
- Que su actividad sea inofensiva, es decir, no produce contaminación. Su actividad será inofensiva si no produce daños ni molestias a la comunidad, personas o entorno, controla y neutraliza los efectos del proceso productivo o de acopio.
Ojo, que con “activos producidos” se hace referencia a lo siguiente: Instalaciones, herramientas, materias primas e insumos que sirven para la producción de bienes y servicios. Para la valoración de estos activos, el microempresario podrá aplicar las normas establecidas en la ley sobre Impuesto a la Renta.
¿Qué pasos Debo seguir para Constituir una MEF?
En primer lugar, lo que debes hacer es ir a la Municipalidad donde se encuentra adscrita la casa que operará como sede de la microempresa.
Luego, una vez que te encuentres ahí y tal como lo mencionamos antes, debes acreditar que eres el o la legitima ocupante de esa vivienda. Se considera «legítimo ocupante», tanto a quienes tengan su casa propia, es decir pagada, o en vías de ser pagada mediante el pago de dividendos, como a quienes se encuentran arrendando (en tal caso deberás presentar el contrato de arrendamiento).
En la misma Municipalidad, y junto a un agente municipal, debes llenar un Formulario de Inscripción de Registro, Declaración Jurada, y Declaración de Inicio de Actividades.
Tras haber cumplido con los pasos anteriores, debes demostrar qué actividad económica procederá a desarrollarse en la casa, que en la microempresa familiar no trabajan más de 5 personas ajenas a la familia, que los activos totales del negocio no superen las 1000UF, y que tu actividad es inofensiva, o sea que no afecte el medio ambiente.
Ideas finales
Convertirte en un microempresario es una excelente decisión para tu negocio, ya que te permite integrarte a la economía formal, y al mercado financiero con la oportunidad de acceder a nuevos negocios, a capital de trabajo, a mejores formas de financiamiento, contratar servicios con otras empresas de mayor tamaño, ampliar tu cartera de clientes, y por qué no, asociarte con otras empresas.
Como dijimos en un comienzo, el principal beneficio que ofrece la MEF es que a través de ella puedes formalizar tu negocio de manera sencilla y rápida.
Te recomendamos contar con una buena asesoría legal desde un principio, ya que así no tendrás problema alguno en la constitución de tu microempresa.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué pasa si arriendo la casa donde funcionará la MEF?
- Debes acreditar que eres ocupante legítimo. En la práctica, conviene revisar el contrato de arriendo y si permite desarrollar actividad económica en el inmueble.
- ¿Una MEF puede contratar trabajadores externos?
- Sí, pero dentro del límite legal de trabajadores ajenos a la familia y cumpliendo obligaciones laborales, previsionales y de seguridad.
- ¿Qué actividades suelen generar problemas con la municipalidad?
- Las molestas, contaminantes, peligrosas o que afectan a vecinos. Antes de iniciar conviene verificar si el giro será considerado inofensivo.
- ¿Puedo pasar de MEF a sociedad si el negocio crece?
- Sí. Si el negocio aumenta trabajadores, activos, riesgos o socios, conviene evaluar una EIRL, SpA u otra estructura y ordenar el traspaso de contratos y permisos.
Advertencia
Este artículo es de carácter informativo y no constituye consejo legal para un caso concreto. Tu situación particular debe ser analizada de forma individual por un abogado. La precisión técnica de algunas expresiones jurídicas puede haber sido sacrificada en favor de una mejor comprensión para personas comunes y corrientes.
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