Requisitos para Cambiarse el Nombre en Chile: Causales Legales y Cuándo Necesitas Abogado

Victor Iturra A.

PorVictor Iturra A.·Publicado el 6 oct 2023 · Actualizado el 14 may 2026 · 5 min

Requisitos para Cambiarse el Nombre en Chile: Causales Legales y Cuándo Necesitas Abogado

Respuesta rápida

Para cambiarse el nombre o apellido debes acreditar alguna causal del Art. 1° Ley 17.344, modificada por la Ley 21.334: menoscabo moral, uso social prolongado, error en la inscripción, apellido de padre ausente, entre otras. La solicitud es judicial, requiere publicación en el Diario Oficial y puede ser opuesta por terceros.

La Ley 17.344 autoriza el cambio de nombres y apellidos en Chile. Su Art. 1°, modificado por la Ley 21.334, establece las causales vigentes y la posibilidad de que la inversión de apellidos se tramite administrativamente ante el Registro Civil — sin abogado ni juicio. Cualquier otra causal exige presentar solicitud judicial.

Punto importante

Riesgo clave: la inversión de apellidos ante el Registro Civil (vía Ley 21.334) es un trámite administrativo sin abogado — pero el cambio de nombre o apellido por causal distinta exige juicio y representación de abogado. Confundir ambas vías puede llevar a iniciar mal el proceso.

Origen de la Ley 21.334

La Ley 21.334 modificó el Art. 1° de la Ley 17.344 con dos objetivos concretos: agregó la causal f) (nombres de difícil pronunciación en castellano) y creó el trámite administrativo de inversión de apellidos ante el Registro Civil para mayores de edad, sin necesidad de juicio ni abogado. Todo lo demás sigue requiriendo solicitud judicial.

Causales para Cambiar el Nombre o Apellido (Art. 1° Ley 17.344)

Las siguientes causales son no acumulativas — basta con que el caso encaje en una. Son las que establece el Art. 1° de la Ley 17.344 en su texto vigente tras la modificación de la Ley 21.334:

a) Ridículos, risibles o menoscabo moral o material: Cuando los nombres o apellidos existentes sean ridículos, risibles o causen un menoscabo moral o material para la persona.

b) Uso de nombres diferentes: Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios.

c) Filiación no matrimonial o indeterminada: En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales.

d) Inversión del orden de apellidos: Cuando el solicitante desee invertir el orden de los apellidos fijado en su inscripción de nacimiento.

e) Uso de apellidos de ascendientes: Cuando el solicitante desee usar uno u otro apellido de un ascendiente en línea recta hasta el segundo grado.

f) Dificultad en la pronunciación o escritura: Cuando los nombres o apellidos, o ambos, no sean de origen español, o si la pronunciación o escrituración de los mismos es manifiestamente difícil en un medio de habla castellana.

Es importante destacar que estos requisitos no son necesarios en los casos en los que el cambio de apellido o nombre se funde en una legitimación, legitimación adoptiva o adopción.

Procedimiento para Solicitar el Cambio de Nombre o Apellido

Para solicitar el cambio de nombre o apellido en Chile, se debe presentar una solicitud patrocinada por un abogado frente a los juzgados de letras civiles del domicilio del solicitante. Es fundamental contar con asesoría legal en este proceso, ya que un abogado especializado en derecho civil puede proporcionar orientación y asegurarse de que se cumplan todos los requisitos y procedimientos legales.

Es importante destacar que, en casos de inversión del orden de apellidos y cuando el solicitante sea mayor de edad, no se requiere la asistencia de un abogado, pero sigue siendo esencial seguir el proceso adecuado ante las autoridades judiciales.

Ideas finales

Salvo que seas mayor de edad y quieras solo invertir apellidos, si.

Cambiar el nombre o apellido puede estar ligado a identidad, historia familiar, uso social o menoscabo. Por eso no basta con querer el cambio: hay que encuadrarlo bien en una causal y acompañar prueba suficiente.

Antes de presentar la solicitud, conviene revisar si tu caso requiere juicio, si basta con inversión de apellidos o si existe otra vía más adecuada.

¿No sabes qué causal aplica a tu caso?

Revisamos tu situación y te explicamos si necesitas ir a tribunales o si puedes resolver el trámite administrativamente en el Registro Civil.

Quiero saber qué causal me aplica

Si quieres nuestra ayuda, revisa nuestra guía sobre cuánto cuesta cambiarse el nombre o cuánto cuesta cambiarse el apellido.

Preguntas frecuentes

¿Qué causal conviene usar si mi caso calza en más de una?
Normalmente conviene invocar la causal más fácil de probar y, si corresponde, reforzarla con otra. La decisión depende de los testigos, documentos y objetivo concreto del cambio.
¿Qué pasa si solo quiero invertir mis apellidos?
Si eres mayor de edad y solo quieres invertir el orden, el trámite puede hacerse ante el Registro Civil. Si además quieres reemplazar un apellido por otro, normalmente se requiere solicitud judicial.
¿Qué documentos conviene preparar antes de iniciar?
Certificado de nacimiento, cédula, antecedentes del uso social del nombre, datos de testigos y cualquier documento que muestre el perjuicio o la identidad usada en la práctica.
¿Qué pasa si el tribunal rechaza la solicitud?
Habrá que revisar la razón del rechazo. A veces el problema está en la prueba, en la causal elegida o en que el caso se presentó como trámite simple cuando necesitaba mejor fundamento.

Alcance del contenido

Este contenido es informativo y no reemplaza asesoría legal para un caso concreto. Si quieres conocer los criterios con que elaboramos y revisamos estos contenidos, puedes revisar nuestra Política editorial.

Sobre el autor

Victor Iturra A.

Fundador del estudio. 12 años asesorando empresas en derecho societario, laboral, insolvencia y contratos.

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