Requisitos para Cambiar el Apellido Paterno en Chile: Causales

Victor Iturra A.

Por Victor Iturra A. Publicado el 21 oct 2026 · 10 min

Requisitos para Cambiar el Apellido Paterno en Chile: Causales

Respuesta rápida

Los requisitos para cambiar el apellido paterno en Chile son encuadrar el caso en una causal del Art. 1° de la Ley 17.344, probarla con dos testigos y presentar la solicitud, con abogado, ante el juzgado civil del domicilio. Casi todos los casos se apoyan en el uso social de otro apellido por más de 5 años o en el menoscabo moral por un padre ausente. Se puede quedar solo con el apellido materno. El trámite demora entre 5 y 6 meses, incluye la publicación en el Diario Oficial y el cambio se otorga una sola vez.

Hay personas que llevan toda la vida cargando un apellido paterno que no sienten propio. Quizás el papá nunca estuvo, quizás la relación se rompió hace años, o quizás simplemente el apellido que usas todos los días es otro. Lo que quieres saber ahora es qué te piden para cambiarlo y si tu caso tiene salida.

Esta guía recorre los requisitos en el orden en que los vas a necesitar. Primero qué exige la ley, después qué causal sirve para el apellido paterno, con qué apellido puedes quedar, qué documentos y testigos pide el tribunal, y cuánto demora el trámite. Si todavía no tienes claro cómo funciona el cambio de apellido en general, parte por cambio de apellido en Chile, y si tu caso nace de un padre que no estuvo, revisa cambio de apellido paterno por abandono. Todo esto parte del derecho a la identidad.

El cambio de apellido está regulado en la Ley 17.344, que autoriza a cualquier persona a pedir por una sola vez el cambio de sus nombres o apellidos en los casos que la ley indica.

Requisitos para cambiar el apellido paterno en Chile

Los requisitos para cambiar el apellido paterno en Chile son encuadrar tu caso en una causal de la Ley 17.344, probarla con dos testigos y presentar la solicitud, con abogado, ante el juzgado civil de tu domicilio.

RequisitoQué exigeBase legal
Causal legalQue tu caso calce en una de las 5 causales del Art. 1° de la leyArt. 1° Ley 17.344
PruebaInformación sumaria, que normalmente se rinde con dos testigos mayores de edadArt. 2° Ley 17.344
TribunalSolicitud ante el juez de letras en lo civil del domicilio de quien pide el cambioArt. 2° Ley 17.344
AntecedentesSin proceso vigente ni condena por crimen o simple delito con pena aflictiva, salvo que hayan pasado más de diez años y la pena esté cumplidaArt. 2° Ley 17.344
Una sola vezEl cambio se otorga una vez en la vidaArt. 1° Ley 17.344
Certificado de nacimientoNo lo exige la ley, pero se acompaña para acreditar el nombre actualPráctica del procedimiento

Ninguna de estas exigencias obliga a reunir documentos complejos. Lo que define el resultado es la causal que elijas y cómo la pruebes, y ahí está el trabajo de fondo.

Qué causal sirve para cambiar el apellido paterno

La causal que sirve para cambiar el apellido paterno depende de por qué lo quieres cambiar. En los casos que llevamos, casi todos son de apellido paterno, y casi todos se apoyan en dos causales: haberte presentado socialmente con otro apellido por más de 5 años, o el daño moral de cargar con el apellido de alguien ausente.

Causal del Art. 1°Qué significaCuándo se usa para el paterno
Apellido que menoscaba moral o materialmenteEl apellido te perjudica de forma sostenidaPadre ausente o historia familiar dolorosa
Uso por más de 5 años con otro apellidoTe han conocido por motivos plausibles con un apellido distintoQuien se presenta con el apellido de su madre o de quien lo crió
Filiación no matrimonial o no determinadaAgregar un apellido o cambiar uno cuando son igualesPersonas inscritas con un solo apellido
Inversión del orden de los apellidosPoner primero el maternoAdultos, por vía administrativa de la Ley 21.334
Apellido de un ascendiente hasta el segundo gradoTomar el de un abuelo o bisabueloQuien quiere conservar un apellido familiar

Elegir bien la causal es trabajo del abogado, porque una causal rechazada no se puede volver a usar. Si quieres que revisemos cuál calza con tu historia, conoce nuestro abogado de cambio de nombre y apellido. Las cinco causales completas, con ejemplos, están en cambio de apellido en Chile.

¿Tu caso encaja en alguna de estas causales?

Revisamos tu historia, qué causal conviene usar para el apellido paterno y qué testigos necesitas, antes de presentar nada. El diagnóstico es gratuito.

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Cómo quitar el apellido paterno en Chile

Quitar el apellido paterno en Chile no significa quedarte sin apellido, porque el cambio siempre deja algo en su lugar. La buena noticia es que sí se puede quedar solo con el apellido materno. Lo hemos hecho en casos reales, y es una de las consultas más frecuentes.

Con qué puedes quedarCómo se logra
Solo con el apellido de tu madreCausal de menoscabo moral o de uso por más de 5 años
Con el apellido de un abueloCausal del ascendiente hasta el segundo grado
Con el apellido de quien te crióUso social por más de 5 años, como explica el caso del padrastro

Cuando una persona adulta cambia su apellido, el cambio puede pasar también a sus hijos. A los hijos mayores de edad les pasa solo si lo consienten, y a los menores les pasa sin necesidad de consentimiento. Conviene pedirlo expresamente en la solicitud.

Documentos y testigos que pide el tribunal

Los documentos y testigos que pide el tribunal para cambiar el apellido paterno son pocos, porque la ley establece el procedimiento y no exige más antecedentes que los que ella misma dispone. Lo habitual es acompañar el certificado de nacimiento para acreditar el nombre actual. Según la causal se pueden sumar más antecedentes, pero no son obligatorios.

El procedimiento sigue estas etapas, que el abogado tramita por ti:

  1. Solicitud en el juzgado civil. Se presenta online ante el juzgado de tu domicilio.
  2. Información sumaria de testigos. Dos testigos mayores de edad declaran ante un receptor judicial. La declaración la redacta el abogado y el testigo la ratifica.
  3. Oficios a cuatro instituciones. El tribunal consulta a Carabineros, a la PDI, al Ministerio Público y al Registro Civil.
  4. Publicación en el Diario Oficial. La publicación es gratuita y desde el aviso corre un plazo de 30 días para que alguien con interés se oponga (Art. 2°).
  5. Sentencia e inscripción. Con la sentencia firme, el cambio se inscribe en el Registro Civil.

Cuánto demora y cuánto cuesta el cambio de apellido paterno

El cambio de apellido paterno demora en promedio entre 5 y 6 meses, según la carga del tribunal y de cuánto tarden las instituciones en responder los oficios. El costo depende de los honorarios y de los gastos del procedimiento, como el receptor judicial. El detalle de cada partida está en cuánto cuesta cambiarse el apellido en Chile.

Cómo decidir lo que sigue

Si llegaste hasta acá, ya tienes lo que define el camino. Primero qué causal calza con tu historia, después qué testigos pueden contarla con coherencia, y por último cuánto tiempo estás dispuesto a esperar hasta la sentencia.

Antes de presentar la solicitud, ten claro lo siguiente.

  • La causal que usarás, porque si el tribunal la rechaza no puedes volver a invocarla.
  • Quiénes son tus dos testigos, que deben ser mayores de edad y conocer tu historia.
  • Con qué apellido quieres quedar, el materno, el de un abuelo o el de quien te crió.
  • Si tienes proceso o condena vigente, porque puede impedir que el tribunal autorice el cambio.
  • Si el cambio debe pasar a tus hijos, para pedirlo desde la primera solicitud.

Cambiarse el apellido paterno rara vez es una decisión liviana. Detrás hay años de explicar por qué el apellido del carnet no coincide con la persona que eres, y la espera de varios meses pesa cuando lo que quieres es cerrar eso de una vez.

Por eso, en cada caso partimos por escuchar tu historia y elegir la causal con calma, antes de presentar nada. El objetivo es que llegues al tribunal con la causal bien escogida y tus testigos preparados, y que el cambio quede inscrito a la primera.

Si todavía te quedan dudas sobre el costo del trámite, revisa cuánto cuesta cambiarse el apellido en Chile.

Preguntas frecuentes

¿Puedo quedarme solo con el apellido de mi madre?
Sí. Es posible quedarse solo con el apellido materno, y lo hemos logrado en casos reales. Se pide con la causal de menoscabo moral o con la de uso social por más de 5 años, probadas con dos testigos. El tribunal no exige que pongas otro apellido en lugar del paterno.
¿Necesito el consentimiento de mi padre para cambiar el apellido paterno?
No. Si eres mayor de edad, la solicitud es tuya y no requiere su autorización. Lo que sí existe es el plazo de 30 días, desde la publicación en el Diario Oficial, para que cualquier persona con interés se oponga (Art. 2° de la Ley 17.344). El tribunal revisa esa oposición.
¿El cambio de apellido se extiende a mis hijos?
Puede extenderse. A tus hijos menores de edad les pasa el cambio sin necesidad de que den su consentimiento. A los hijos mayores de edad les pasa solo si lo consienten. Conviene pedirlo expresamente en la solicitud inicial para que quede resuelto en la misma sentencia.
¿Cuántas veces puedo cambiar el apellido?
La ley autoriza el cambio por una sola vez (Art. 1° de la Ley 17.344). Esa regla opera cuando el cambio se otorga. Si el tribunal rechaza una causal, no puedes volver a invocarla, pero sí puedes intentarlo con otra causal distinta si tu caso calza en ella.
¿Necesito abogado para cambiar el apellido paterno?
Sí, cuando el cambio va por la vía judicial, porque la solicitud debe presentarse con patrocinio de abogado ante el juzgado civil. La excepción es la inversión del orden de los apellidos para mayores de edad, que se tramita en el Registro Civil sin juicio, por la Ley 21.334.
¿Perderé la herencia o la pensión de alimentos si cambio mi apellido?
No. Cambiar el apellido no altera la filiación, es decir, quién es legalmente tu padre o tu madre. Por eso se mantienen los derechos hereditarios y el derecho a pedir alimentos. Si lo que buscas es romper el vínculo con tu padre, eso requiere adopción y no un cambio de apellido.
¿Una condena anterior impide cambiar el apellido?
Puede impedirlo. El tribunal no autoriza el cambio si estás procesado o condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, a menos que hayan pasado más de diez años desde la sentencia firme y la pena esté cumplida (Art. 2° de la Ley 17.344).

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Sobre el autor

Victor Iturra A.
Victor Iturra A.

Abogado

Fundador del estudio. 12 años asesorando empresas en derecho societario, laboral, insolvencia y contratos.