Ley de Quiebras para Personas Naturales: Renegociación o Liquidación

PUBLICADO EL 21/03/2025ACTUALIZADO EL 01/03/20265 MIN DE LECTURA

Sobre el autor

Victor Iturra A.

Abogado

Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Diego Portales. Año 2013.

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Ley de Quiebras para Personas Naturales: Renegociación o Liquidación

Respuesta rápida

La Ley de Quiebras permite ordenar una situación de insolvencia mediante renegociación, liquidación o reorganización. La renegociación busca un acuerdo de pago sin entregar bienes; la liquidación apunta a extinguir deudas entregando los bienes embargables. La decisión debe compararse con defensas judiciales, prescripción, embargos vigentes y efectos bancarios futuros.

Punto importante

Información general: esta guía describe los procedimientos disponibles para personas naturales bajo la Ley 20.720. Cada caso depende de la composición de deudas, bienes, demandas vigentes y capacidad de pago real. Antes de iniciar cualquier procedimiento conviene revisar el caso con un abogado.

¿Estás sobrepasado por las deudas y no sabes qué hacer? La Ley 20.720, reformada por la Ley 21.563 en 2023, más conocida como Ley de Quiebras, permite que personas naturales en Chile accedan a una solución legal para enfrentar el sobreendeudamiento.

En esta guía te explicamos, de forma clara y sin tecnicismos, cómo funciona esta ley, cuáles son los requisitos para acogerse y qué alternativas reales tienes. Si también quieres ver los procedimientos para empresas o la visión general de la ley, revisa la guía completa de la Ley de Quiebra.

Para conocer todos los procedimientos disponibles: Ley 20.720: Salidas Legales a las Deudas

¿Qué es la Ley de Quiebras?

La Ley 20.720 regula los procedimientos concursales en Chile. Para personas naturales, ofrece dos caminos:

Ambos son legales, gratuitos (en el caso de la renegociación) y permiten reorganizar tu situación financiera de forma ordenada.

Renegociación de deudas: solución sin perder tus bienes

Es un proceso administrativo, sin abogado y sin juicio, pensado para personas con deudas impagas que aún tienen capacidad de pago.

Requisitos según el artículo 263 de la Ley 20.720:

  • Tener 2 o más deudas vencidas hace más de 90 días.
  • Que las deudas sumen más de 80 UF (aproximadamente $3 millones).
  • No haber sido demandado por esas deudas.
  • No haber usado esta ley en los últimos 5 años.

Ventajas:

  • No pierdes tus bienes.
  • No necesitas abogado.
  • Acuerdo según tu capacidad real de pago.
  • No se pagan las deudas mientras se negocia

Ejemplo: Laura debe $3.5 millones en tres tarjetas de crédito. No la han demandado. Puede renegociar y evitar un juicio.

En este camino, se presenta una propuesta de pago a los acreedores. Si todos aceptan, se firma un acuerdo que evita el juicio y permite pagar según tu realidad.

¿Y si no aceptan? Puedes optar por la liquidación. Incluso los acreedores pueden solicitarla, pero según la Superintendencia de Insolvencia, este procedimiento busca facilitar acuerdos entre la persona deudora y sus acreedores. Es decir, puede ser una alternativa real si todavía existe capacidad de pago.

Ver guía completa: Renegociación de Persona Deudora

Liquidación voluntaria: partir de cero, legalmente

Si ya no puedes pagar y estás enfrentando embargos o cobranzas, la liquidación es el camino para salir definitivamente de tus deudas.

Requisitos:

  • No haber hecho uso de este procedimiento en los últimos 5 años.
  • Estar dispuesto a entregar los bienes embargables (si los tienes).

Importante:

  • Tus bienes básicos como cama, ropa, refrigerador, cocina, etc. están protegidos.
  • Incluso si no tienes nada a tu nombre, puedes acogerte.
  • Dejas de pagar las deudas desde que decides someterte al procedimiento

 Ejemplo: Pedro no tiene empleo estable, debe más de $5 millones y ya enfrenta demandas. Puede solicitar la liquidación y empezar de cero.

Lo esencial para vivir —ropa, cama, cocina, etc.— está protegido por ley. Y si no tienes bienes a tu nombre, igual puedes acogerte al procedimiento. La ley no exige tener patrimonio.

Una vez terminado el proceso, quedarás legalmente libre de deudas y podrás comenzar de nuevo.

Comparativa rápida: Renegociación vs. Liquidación

CaracterísticaRenegociaciónLiquidación Voluntaria¿Necesita abogado?NoSí¿Pierdo mis bienes?NoSolo los embargables¿Hay juicio?NoSí (ante tribunal civil)¿Resultado?Acuerdo de pagoExtinsión de todas las deudas¿Plazo estimado?6 meses (no se pagan las deudas mientras se negocia)6 a 12 meses (no se pagan las deudas desde que se decide iniciar el proceso)¿Cuesta dinero?No, es gratuito en la SuperintendenciaNo. Se pagan los honorarios del abogado

Ideas finales

La Ley de Quiebras puede ser una salida real cuando las deudas ya no se pueden manejar con pagos parciales, repactaciones informales o promesas que solo aumentan la presión.

La decisión importante es elegir bien entre renegociación, liquidación u otra defensa posible, mirando ingresos, bienes, juicios, acreedores y efectos futuros.

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Cuéntanos cuánto debes, si tienes bienes a tu nombre y si ya hay demandas en tu contra. Revisamos qué procedimiento calza mejor con tu situación real.

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Preguntas frecuentes sobre la Ley de Quiebras

¿Qué conviene comparar antes de elegir renegociación o liquidación?
Ingresos reales, bienes embargables, deudas excluidas, demandas vigentes, capacidad de pago y nivel de urgencia. No siempre la salida más rápida es la más conveniente.
¿Qué pasa si tengo una casa o auto con crédito vigente?
Debe revisarse el saldo de deuda, valor comercial, garantía y cuotas pagadas. El bien puede ser más deuda que activo, pero igual exige análisis caso a caso.
¿Cómo preparo mi vida bancaria antes de una liquidación?
Conviene ordenar pagos básicos, cuenta para recibir sueldo, débitos automáticos y comunicación con empleador. El liquidador y los bancos pueden restringir cuentas.
¿Qué deudas requieren análisis especial?
CAE, Fondo Solidario, alimentos, multas, deudas fiscales, garantías personales y obligaciones asociadas a delitos o indemnizaciones pueden tener tratamiento distinto.

Alcance del contenido

Este contenido es informativo y no reemplaza asesoría legal para un caso concreto. Si quieres conocer los criterios con que elaboramos y revisamos estos contenidos, puedes revisar nuestra Política editorial.

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