Renegociación de Persona Deudora: Retoma el Control

PUBLICADO EL 10/11/2023ACTUALIZADO EL 01/03/20267 MIN DE LECTURA

Sobre el autor

Victor Iturra A.

Abogado

Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Diego Portales. Año 2013.

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Renegociación de Persona Deudora: Retoma el Control

Respuesta rápida

La renegociación de persona deudora es el procedimiento de la Ley 20.720 que permite a una persona natural acordar con sus acreedores un plan de pago sin pasar a liquidación. Se tramita ante la Superintendencia de Insolvencia y convoca a los acreedores a una audiencia. Si más del 50% del pasivo acepta el acuerdo, este se aprueba y obliga a todos. Es la alternativa más conveniente cuando todavía existe capacidad de pago.

Cuando las deudas ya no calzan con tus ingresos, pero todavía quieres evitar una liquidación y conservar tus bienes, la renegociación empieza a verse como una opción seria. La duda, entonces, no es solo si existe, sino si realmente te conviene, qué requisitos tiene y qué protección concreta te da mientras negocias con tus acreedores.

En Chile, este proceso está regulado por la Ley 20.720 de Reorganización y Liquidación, reformada por la Ley 21.563 en 2023. En esta guía te explico cómo funciona la renegociación de persona deudora, qué pide la ley, qué efectos produce una vez admitida y en qué casos puede ser mejor alternativa que la liquidación.

¿Qué opciones tienes bajo la Ley 20.720?

  • Renegociación de Persona Deudora (este artículo): Acordar nuevos términos con acreedores, manteniendo tus bienes
  • Liquidación Voluntaria: Partir de cero entregando ciertos bienes a cambio de borrar todas las deudas
  • Para conocer todos los procedimientos disponibles según tu situación: Ley 20.720: Guía Completa

Punto importante

Riesgo clave: si los acreedores rechazan la propuesta y no se alcanza acuerdo, el procedimiento puede derivar en una liquidación. Por eso conviene entrar con una propuesta realista y con los antecedentes completos desde el inicio.

Este artículo busca explorar en profundidad el proceso de renegociación de deudas, proporcionando una guía comprensiva para aquellos que se encuentran en esta situación desafiante y puedan analizar si es o no una salida para sus problemas de endeudamiento.

Concepto y Alcance de la Renegociación de Persona Deudora

La renegociación de persona deudora es un procedimiento legal de reestructuración de deudas para personas naturales que se encuentran incapaces de cumplir con sus obligaciones financieras bajo sus circunstancias actuales.

En Chile, este procedimiento está amparado por la Ley 20.720 (específicamente artículos 263 a 271), que proporciona un marco legal claro y estructurado. El propósito fundamental es ofrecer a los deudores una oportunidad de reorganizar sus deudas de manera manejable y sostenible, evitando las consecuencias más severas del incumplimiento como la ejecución de su patrimonio.

Una de las características más importantes de la renegociación es su enfoque en la sostenibilidad y la justicia. Se busca un equilibrio entre los intereses del deudor y los acreedores, asegurando que el proceso sea equitativo y que las soluciones propuestas sean realistas y realizables. Esto no solo beneficia a la persona deudora, sino que también contribuye a la salud general del sistema financiero, evitando las repercusiones negativas que pueden resultar de los incumplimientos masivos y los procesos de cobranza agresivos.

Detalles del Proceso Concursal de Renegociación

Este proceso comienza con la presentación de una solicitud ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SuperIR), donde debes aportar información detallada sobre tus obligaciones, ingresos y bienes.

La SuperIR ofrece orientación gratuita y permite iniciar solicitudes online a través de su portal. Esta solicitud es el primer paso hacia una mayor estabilidad financiera, permitiéndote trabajar con tus acreedores para encontrar soluciones viables a largo plazo.

Una vez presentada la solicitud, la Superintendencia procede a su evaluación. Este paso es esencial para determinar la viabilidad del proceso de renegociación. Durante esta fase, la Superintendencia puede solicitar información adicional o aclaraciones, asegurando que todos los datos necesarios estén presentes y sean precisos. Este nivel de detalle y escrutinio garantiza que el proceso sea justo y que las soluciones propuestas sean adecuadas para ambas partes, el deudor y los acreedores.

Tras la admisión de la solicitud, se notifica a los acreedores y se establece una audiencia para determinar el pasivo. Esta audiencia es un componente crítico del proceso, ya que es el momento en el que se discuten y se acuerdan los términos de la renegociación. La negociación de los términos de la deuda es un proceso delicado que busca un equilibrio entre las necesidades del deudor y los derechos de los acreedores.

Requisitos de la Renegociación de Persona Deudora

Según el artículo 263 de la Ley 20.720, la Persona Deudora podrá someterse a un Procedimiento Concursal de Renegociación si cumple todos estos requisitos:

  1. Dos o más obligaciones vencidas (distintos acreedores o conceptos)
  2. Por más de 90 días corridos desde su vencimiento
  3. Actualmente exigibles (no prescritas, no condonadas)
  4. Provenientes de obligaciones diversas (no todas del mismo origen)
  5. Monto total superior a 80 UF (~$2.7 millones aproximadamente)
  6. No haber sido notificado de una demanda de Liquidación Simplificada Forzada

Importante: Estos requisitos están pensados para filtrar casos de insolvencia real vs morosidad temporal. Si cumples estos requisitos, tienes derecho legal a solicitar la renegociación.

Efectos de la Renegociación de Persona Deudora

Según el artículo 266 de la Ley 20.720, admitida una persona al procedimiento de renegociación, ocurren automáticamente estos efectos protectores:

Efectos Protectores Inmediatos:

  1. Suspensión de Cobranzas: No podrá solicitarse tu Liquidación Forzosa ni Voluntaria, ni iniciarse juicios ejecutivos, ejecuciones de cualquier clase o restituciones en juicios de arrendamiento
  2. Congelamiento de Prescripción: Se suspenden los plazos de prescripción extintiva de tus obligaciones
  3. Cese de Intereses Moratorios: No se continúan devengando los intereses moratorios pactados en tus contratos
  4. Mantención de Contratos: Todos tus contratos mantienen vigencia y condiciones de pago. No se pueden hacer efectivas cláusulas de resolución o caducidad fundadas en el inicio del procedimiento (excepción: pueden suspender líneas de crédito o sobregiro)
  5. Restricción sobre Bienes: No podrás ejecutar actos ni celebrar contratos relativos a tus bienes embargables que sean parte del procedimiento

¿Por qué importa esto? Estos efectos te dan oxígeno financiero para negociar sin presión de demandas o embargos. Es como pulsar "pausa" en todas las cobranzas mientras buscas una solución.

Exclusiones y Transparencia del Procedimiento

Deudas Excluidas de la Renegociación

Según el artículo 265 de la Ley 20.720, no todas las deudas son susceptibles de renegociación. Las deudas excluidas incluyen:

  • Obligaciones por delitos (indemnizaciones penales)
  • Cuasidelitos civiles (daños por negligencia)
  • Obligaciones alimentarias (pensión de alimentos - ver Pensión de Alimentos)
  • Deudas fiscales (impuestos, multas tributarias)

Estas exclusiones reflejan la prioridad legal y ética de estas obligaciones, asegurando que ciertas responsabilidades fundamentales permanezcan intactas incluso en un proceso de renegociación.

Transparencia del Proceso

La transparencia es otro pilar fundamental del proceso. Los expedientes y documentos relacionados son públicos, lo que asegura que el proceso se lleve a cabo de manera abierta y justa. Esta transparencia protege los intereses de todas las partes involucradas y mantiene la confianza en el sistema financiero.

Ideas finales

La renegociación de deudas es una oportunidad para retomar el control de tu vida, ofreciendo un camino claro y estructurado hacia la estabilidad económica. Este proceso legal, detallado y transparente, brinda a las personas la posibilidad de reestructurar sus obligaciones financieras de manera justa y viable.

Beneficios clave:

  • ✅ Suspensión inmediata de cobranzas y juicios
  • ✅ Cese de intereses moratorios
  • ✅ Mantienes tus bienes (no los entregas como en liquidación)
  • ✅ Acuerdo consensuado con acreedores
  • ✅ Oxígeno financiero para negociar sin presión

¿Cuándo conviene renegociación vs liquidación?

  • Renegociación: Tienes ingresos estables, quieres mantener tus bienes, puedes pagar parte de las deudas
  • Liquidación Voluntaria: No tienes ingresos suficientes, prefieres partir de cero, aceptas entregar algunos bienes

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Preguntas frecuentes

¿Qué debe tener una buena propuesta de renegociación?
Debe ser realista, sustentada en ingresos comprobables y considerar gastos básicos. Una propuesta imposible solo posterga el problema y reduce la posibilidad de acuerdo.
¿Qué pasa si un acreedor no asiste a la audiencia?
Dependerá de la etapa y reglas del procedimiento. Por eso es importante que la solicitud esté completa y que las notificaciones y antecedentes de deuda estén bien ordenados.
¿La renegociación limpia DICOM inmediatamente?
No debe asumirse como automático. El efecto práctico dependerá del acuerdo, pagos, actualización de registros y comportamiento posterior del deudor.
¿Qué pasa si no se logra acuerdo?
Puede abrirse la discusión sobre ejecución o liquidación, según el caso. Antes de entrar conviene tener claro el plan B si los acreedores no aceptan.

Alcance del contenido

Este contenido es informativo y no reemplaza asesoría legal para un caso concreto. Si quieres conocer los criterios con que elaboramos y revisamos estos contenidos, puedes revisar nuestra Política editorial.

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