
¿Cuánto dinero te corresponde si te despidieron injustificadamente? Calcular tu indemnización no es complicado si conoces las fórmulas correctas. En Chile, dependiendo de tus años trabajados, tu sueldo y la causal aplicada, puedes recibir desde $1 millón hasta más de $15 millones con los recargos legales.
Esta guía matemática te enseñará a calcular exactamente cuánto te corresponde: fórmulas paso a paso, 10 ejemplos prácticos con diferentes escenarios, tablas de cálculo rápido y todos los recargos según la causal. Para entender primero qué es el despido injustificado y cuándo reclamar, revisa: Despido Injustificado: Guía Completa.
Si quieres hacer el cálculo directo con nuestra herramienta interactiva, usa la Calculadora de Despido Injustificado.
Componentes de la Indemnización por Despido Injustificado
La indemnización total se compone de varios rubros que se suman:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo (si no hubo aviso con 30 días).
- Indemnización por años de servicio (según antigüedad y topes legales).
- Recargo legal sobre la indemnización por años de servicio.
- Prestaciones pendientes (vacaciones proporcionales, sueldos, bonos, etc.).
¿Cómo funcionan los recargos?
La ley establece recargos distintos según la causal declarada injustificada:
- 30% cuando se declara improcedente la causal de necesidades de la empresa (art. 161).
- 50% si se aplican mal causales del art. 159 o no se invoca causal.
- 80% si se aplica mal una causal del art. 160.
- 100% en casos específicos del art. 160 Nº 1, 5 y 6, cuando se declara injustificada.
Estos recargos se calculan sobre la indemnización por años de servicio.
¿Qué factores afectan el monto final?
- Antigüedad del trabajador.
- Base de cálculo de la remuneración.
- Causal invocada.
- Existencia de prestaciones impagas.
- Formalidades del finiquito.
¿Cuál es la Base de Cálculo Correcta?
La base de cálculo de la indemnización es la última remuneración mensual devengada, según el artículo 172 del Código del Trabajo. Este concepto es fundamental porque determina el monto exacto de tu indemnización.
¿Qué incluye la "última remuneración mensual"?
El artículo 172 establece que la base de cálculo comprende el sueldo y todos los beneficios y asignaciones de carácter permanente, excluyendo:
- Asignación familiar legal
- Pagos por sobretiempo
- Beneficios o asignaciones esporádicas o extraordinarias
Componentes que SÍ se incluyen:
- Sueldo base pactado
- Gratificación legal o convencional (mensualizada)
- Comisiones habituales
- Bonos de producción permanentes
- Asignaciones fijas (movilización, colación contractuales)
- Tratos o incentivos permanentes
Ejemplo práctico:
Sueldo base: $700.000
Gratificación mensualizada (25% anual/12): $145.833
Comisiones promedio últimos 3 meses: $180.000
Asignación movilización contractual: $50.000
Bono de producción mensual: $120.000
─────────────────────────────────────────
ÚLTIMA REMUNERACIÓN MENSUAL = $1.195.833
Esta base se usa para calcular TODAS las indemnizaciones (por años de servicio y sustitutiva del aviso previo).
Error común: Muchos empleadores calculan solo con el sueldo base, excluyendo gratificación y comisiones. Esto puede reducir tu indemnización en un 30%-50%. Siempre verifica que se incluyan todos los componentes permanentes según el art. 172.
Si tienes dudas sobre qué conceptos incluir en tu base de cálculo, revisa tus liquidaciones de sueldo de los últimos 3 meses y consulta con un abogado laboralista. Para casos complejos con componentes variables, el cálculo puede requerir promediar los últimos meses trabajados.
¿Qué pasa con el finiquito?
Si firmas finiquito sin reserva de derechos, normalmente quedas impedido de demandar. En Chile, la reserva de derechos debe ser específica (por ejemplo: “reservo acciones por despido injustificado y diferencias en indemnizaciones”).
¿Cómo se obtiene esta indemnización?
La indemnización no es automática. Se obtiene mediante una demanda laboral:
- Evaluar el caso con un abogado.
- Revisar carta de despido y finiquito.
- Presentar reclamo en Inspección del Trabajo si corresponde.
- Interponer demanda en el Juzgado de Letras del Trabajo.
Guía completa aquí: Cómo Demandar por Despido Injustificado.
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Conclusión
La indemnización por despido injustificado es una herramienta legal para reparar un término de contrato mal aplicado. Si la causal es débil o la carta no cumple requisitos, existe una base sólida para reclamar. Lo importante es actuar dentro de plazo y con asesoría adecuada.
Preguntas frecuentes
- ¿La indemnización se paga automáticamente?
- No. Debe solicitarse mediante demanda si el despido es declarado injustificado.
- ¿Qué pasa si tengo menos de un año de antigüedad?
- Podrías no tener indemnización por años de servicio, pero igual pueden existir otras prestaciones o incumplimientos que hagan viable la demanda.
- ¿El recargo siempre se aplica?
- Solo cuando el juez declara que la causal es injustificada, indebida o improcedente.
- ¿Firmar finiquito me impide demandar?
- Si firmas sin reserva de derechos, generalmente sí. Con reserva específica, puedes demandar.
1. Indemnización por Años de Servicio
Fundamento legal: Artículo 163 del Código del Trabajo
Fórmula:
Indemnización por años = (Última remuneración mensual) × (Años trabajados)
Tope máximo: 11 años (aunque hayas trabajado más)
Importante: Se calcula con la última remuneración mensual devengada, que incluye sueldo base + gratificación + comisiones habituales + otros componentes permanentes.
Topes legales (artículo 163):
La indemnización por años de servicio tiene DOS topes distintos:
1. Tope en tiempo: Máximo 330 días = 11 años
El artículo 163 inciso 1° establece un máximo de 330 días de remuneración (equivalente a 11 meses o 11 años de servicio).
- Si trabajaste 15 años: Solo se calculan 11 años × última remuneración
- Si trabajaste 8 años: Se calculan los 8 años completos (no aplica el tope)
Ejemplo:
Trabajador con 15 años de antigüedad
Última remuneración: $1.200.000
Cálculo INCORRECTO: 15 × $1.200.000 = $18.000.000
Cálculo CORRECTO: 11 × $1.200.000 = $13.200.000 (tope 330 días)
2. Tope en monto: Máximo 90 UF por año (solo para sueldos altos)
El artículo 163 inciso 2° establece que si tu última remuneración mensual supera 90 UF, el cálculo se hace con un tope de 90 UF por cada año, no con tu remuneración real.
¿A quién aplica? Solo a trabajadores con sueldos muy altos (sobre 90 UF mensuales = aproximadamente $3.200.000 en 2026).
Ejemplo con tope de 90 UF:
Ejecutivo con 8 años de antigüedad
Última remuneración real: $5.000.000 (≈ 140 UF)
Como supera 90 UF, se calcula con el tope:
Cálculo con remuneración real (INCORRECTO):
8 años × $5.000.000 = $40.000.000
Cálculo con tope 90 UF (CORRECTO):
8 años × 90 UF = 720 UF
720 UF × $35.700 (valor UF feb 2026) = $25.704.000
Diferencia por tope: $14.296.000 menos
¿Cuándo aplica cada tope?
- Tope 330 días (11 años): Aplica SIEMPRE a todos los trabajadores
- Tope 90 UF mensuales: Solo aplica si tu sueldo supera 90 UF al mes
Importante: Los recargos por despido injustificado (30% a 100%) se calculan sobre la indemnización base ya topeada, pero pueden hacer que el monto total final supere estos límites.
2. Recargo por Despido Injustificado
Fundamento legal: Artículo 168 del Código del Trabajo
El recargo se aplica SOLO sobre la indemnización por años de servicio, NO sobre otros conceptos.
Tabla de recargos según causal:
| Causal Mal Aplicada | Recargo | Base de Cálculo |
|---|---|---|
| Art. 161 (necesidades empresa) | 30% | Indemnización por años |
| Art. 159 o sin causal | 50% | Indemnización por años |
| Art. 160 (imputables al trabajador) | 80% | Indemnización por años |
| Art. 160 N° 1, 5, 6 (casos especiales) | 100% | Indemnización por años |
Fórmula recargo:
Recargo = (Indemnización por años) × (% según tabla)
3. Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo
Fundamento legal: Artículo 162 inciso 4° del Código del Trabajo
Cuándo procede: Si el empleador NO te avisó con 30 días de anticipación
Monto: 1 mes de la última remuneración mensual
Fórmula:
Ind. sustitutiva = Última remuneración mensual
4. Prestaciones Adeudadas
Otros conceptos que puedes sumar:
- Feriado proporcional: (Sueldo / 30) × días de vacaciones pendientes
- Horas extraordinarias: Sueldo por hora × 1.5 × horas adeudadas
- Gratificación proporcional: 25% del sueldo anual (o proporcional a meses trabajados)
- Bonos devengados no pagados
Recargos por Despido Injustificado: Cuándo y Cuánto Aplicar
Los recargos son el componente más importante para aumentar tu indemnización. Se aplican sobre la indemnización por años de servicio (NO sobre la sustitutiva del aviso previo):
Tabla de Recargos según Causal Mal Aplicada
| Causal Declarada Injustificada | Recargo Legal | Artículo Código del Trabajo |
|---|---|---|
| Art. 161 (necesidades de la empresa, caso fortuito, fuerza mayor) | 30% | Art. 168 inciso 4° |
| Art. 159 (vencimiento de plazo, conclusión del trabajo) o sin invocar causal | 50% | Art. 168 inciso 3° |
| Art. 160 N° 2, 3, 4, 7 (conductas graves: abandono trabajo, actos de violencia, imprudencia temeraria, daño material intencionado) | 80% | Art. 168 inciso 5° |
| Art. 160 N° 1, 5, 6 (falta probidad, acoso, incumplimiento grave obligaciones) | 100% | Art. 168 inciso 6° |
¿Cómo se Calcula el Recargo?
Fórmula:
Recargo = Indemnización por años × Porcentaje recargo
Ejemplo práctico:
- Trabajador despedido con causal Art. 160 N°1 (falta de probidad) declarada injustificada
- 8 años de antigüedad
- Remuneración: $900.000
- Indemnización por años: 8 × $900.000 = $7.200.000
- Recargo 100%: $7.200.000 × 100% = $7.200.000
- Total indemnización + recargo: $14.400.000
- Más indemnización sustitutiva: $900.000
- TOTAL A RECIBIR: $15.300.000 (sin contar reajustes ni intereses)
¿Qué Pasa si te Despidieron sin Invocar Causal?
Lo que establece la ley:
Si tu empleador te despidió sin invocar ninguna causal en la carta de despido, o directamente no te entregó carta:Se presume despido por necesidades de la empresa (Art. 161). Al tratarse de un Art. 161 sin fundamento válido, el trabajador tiene derecho a recargo del 30% cuando se declara improcedente
Errores Comunes en el Cálculo de Recargos
❌ Error 1: Calcular el recargo sobre TODA la indemnización (incluida sustitutiva)
✅ Correcto: El recargo solo se aplica sobre la indemnización por años de servicio
❌ Error 2: Pensar que todos los recargos son 80%
✅ Correcto: Varía entre 30% y 100% según la causal
❌ Error 3: No considerar el tope de 11 años
✅ Correcto: Si trabajaste 15 años, el recargo se calcula sobre 11 sueldos (tope legal)
Ejemplos Prácticos de Cálculo
Ejemplo 1: Vendedora, 3 años, Art. 161 (30% recargo)
Datos:
- Años trabajados: 3 años
- Última remuneración: $650.000
- Causal invocada: Art. 161 (necesidades de empresa)
- Sin aviso previo
- Sin prestaciones adeudadas
Cálculo:
1. Indemnización por años = $650.000 × 3 = $1.950.000
2. Recargo 30% = $1.950.000 × 0.30 = $585.000
3. Sustitutiva aviso = $650.000
4. TOTAL BASE = $1.950.000 + $585.000 + $650.000 = $3.185.000
Total: $3.185.000 + reajustes y costas, si el juez las declara.
Ejemplo 2: Administrativo, 7 años, Art. 160 (80% recargo)
Datos:
- Años trabajados: 7 años
- Última remuneración: $900.000
- Causal invocada: Art. 160 N°3 (inasistencias injustificadas)
- Sin aviso previo
- 5 días de vacaciones adeudadas
Cálculo:
1. Indemnización por años = $900.000 × 7 = $6.300.000
2. Recargo 80% = $6.300.000 × 0.80 = $5.040.000
3. Sustitutiva aviso = $900.000
4. Feriado proporcional = ($900.000 / 30) × 5 = $150.000
5. TOTAL BASE = $6.300.000 + $5.040.000 + $900.000 + $150.000 = $12.390.000
Total: $12.390.000 + reajustes y costas, si el juez las declara.
Ejemplo 3: Ejecutivo, 12 años, Art. 161 (30% recargo)
Datos:
- Años trabajados: 12 años (se aplica tope de 11)
- Última remuneración: $1.500.000
- Causal invocada: Art. 161 (necesidades empresa)
- Con aviso previo (NO procede sustitutiva)
- Sin prestaciones adeudadas
Cálculo:
1. Indemnización por años = $1.500.000 × 11 = $16.500.000 (tope aplicado)
2. Recargo 30% = $16.500.000 × 0.30 = $4.950.000
3. Sustitutiva aviso = $0 (hubo aviso previo)
4. TOTAL BASE = $16.500.000 + $4.950.000 = $21.450.000
Total: $21.450.000 + reajustes y costas, si el juez las declara.
Ejemplo 4: Trabajador junior, 1 año, Art. 159 (50% recargo)
Datos:
- Años trabajados: 1 año 3 meses
- Última remuneración: $550.000
- Causal invocada: Art. 159 (vencimiento plazo, pero contrato era indefinido)
- Sin aviso previo
- Sin prestaciones adeudadas
Cálculo:
1. Indemnización por años = $550.000 × 1 = $550.000 (fracción no se paga)
2. Recargo 50% = $550.000 × 0.50 = $275.000
3. Sustitutiva aviso = $550.000
4. TOTAL BASE = $550.000 + $275.000 + $550.000 = $1.375.000
Total: $1.375.000 + reajustes y costas, si el juez las declara.
Ejemplo 5: Gerente, 5 años, Art. 160 N°1 (100% recargo)
Datos:
- Años trabajados: 5 años
- Última remuneración: $2.500.000
- Causal invocada: Art. 160 N°1 letra a (falta de probidad)
- Sin aviso previo
- Bono trimestral adeudado: $1.200.000
Cálculo:
1. Indemnización por años = $2.500.000 × 5 = $12.500.000
2. Recargo 100% = $12.500.000 × 1.00 = $12.500.000
3. Sustitutiva aviso = $2.500.000
4. Bono adeudado = $1.200.000
5. TOTAL BASE = $12.500.000 + $12.500.000 + $2.500.000 + $1.200.000 = $28.700.000
Total: $28.700.000 + reajustes y costas, si el juez las declara.
Si prefieres automatizar este cálculo, usa la calculadora de despido injustificado.
Sobre el autor

Victor Iturra A.
Abogado
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Diego Portales. Año 2013.