Cobro de Factura: Misión Imposible…Hasta Ahora

abogado cobro de factura

Escríbenos.

¿De Qué Hablaremos?
    Add a header to begin generating the table of contents

    El cobro de facturas es una angustia que aqueja tanto a las personas naturales como jurídicas.

    Hiciste tu trabajo, esperaste el pago y este nunca llegó. Lamentable situación, pero si no te ha pasado (probablemente te pasó, sino no estarías acá), de seguro alguna vez te va a pasar.

    Entonces, ¿Cómo perseguimos el cobro de esa Factura que nos deben?

    Te invito a seguir leyendo.

    Que es una Factura

    Una factura es un documento de tipo comercial, que sirve para reunir toda la información relacionada con la compra y venta de productos o servicios.

    En la factura se incorpora todos los datos referentes a la operación y su emisión (servicios, precio, plazo de pago, recepción de producto o servicio), transformándose en un instrumento obligatorio en las operaciones mercantiles.

    Cabe hacer presente, que en Chile el uso de la Factura es Electrónico, obligatoriamente, sin perjuicio de que se puedan imprimir en papel.

    Emisor y Receptor de la factura.

    ¿Qué obligaciones tienen las partes de una factura?

    Emisor de factura (Obligaciones y Derechos)

    • Obligación de timbrar las facturas, adjuntando tres copias.
    • Obligatoriedad de emitir las facturas, incluyendo la tercera copia de la factura.
    • Derecho a retirar el acuse de recibo.
    • Tiene derecho a ceder la factura.
    • Podrá denunciar al receptor de la factura en el juzgado de policía local.

    Receptor de factura (Obligaciones y Derechos)

    • Obligado a otorgar el acuse de recibo al momento de la entrega real o simbólica de las mercaderías o a la recepción de la factura en el caso de los servicios.
    • Derecho a reclamar el contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a la recepción de la factura o bien.

    Suficiente teoría.

    Vamos a lo que nos importa…

    ¿Cómo se Cobran las facturas?

    Se cobran las facturas de dos maneras, asumiendo, claramente, que no te pagaron la factura «a la buena». 

    Existe una forma Prejudicial y otra Judicial.

    Cobranza Pre-Judicial

    Las acciones de cobranza prejudicial tienen por objetivo, hacer que el deudor cumpla con sus obligaciones crediticias, con el fin de evitar iniciar un juicio de cobranza.

    ¿Cuál es la idea? Básicamente asustar y evitar verse obligado a iniciar un juicio, por los costos que este conlleva.

    Son parte de estas herramientas:

    • Informar al Deudor a DICOM y/o Boletín Comercial
    • Enviar Cartas formales de Cobranza (idealmente de un Estudio Jurídico)
    • Llamados de Cobranza y correos electrónicos (idealmente no de tu misma empresa)

    Existen empresas y estudios jurídicos que prestan este tipo de servicio.

    ¿Cuándo debemos usar este tipo de servicios?

    Te diría que en primer lugar, si el monto de la factura es poco. Como veremos más adelante, un juicio conlleva costos, por lo que desde un punto de vista de costos de transacción, existen casos donde no valdrá la pena demandar el cobro de factura. En estos casos, es mejor intentar por esta vía.

    En segundo lugar, cuando a pesar de que valga la pena el juicio, quieras evitar los costos del cobro de factura. Muchas veces el vox populi te dice que en juicio, si ganas, te devuelven lo que gastaste (las costas).

    Eso no es tan asi.

    En la práctica, las costas se dan poco ¿por qué? Porque la ley dice que se condena en costas cuando el demandado resulta «totalmente vencido, sin tener motivo plausible para litigar». Básicamente las costas están pensadas cuando alguien nos hizo perder el tiempo a todos con una contestación de demanda sin pies ni cabeza, con el único fin de dilatar el pago.

    Incluso si las costas te las otorgan, en la práctica se avalúan en montos muchísimo menores a los que de verdad gastaste, y, para cobrarlas, debes hacer un mini juicio dentro del juicio de cobro de factura, implicando, nuevamente, costos.

    ¿Nuestro consejo? No inicies un juicio pensando que recuperarás el costo con las costas.

    ¿Conclusion? Parte por esta vía prejudicial cobro de factura, si quieres evitar los costos de un juicio o si el monto de la factura no vale la pena iniciar uno.

    Cobranza Judicial

    Si la Factura es de un monto muy alto y todos los intentos por la cobranza prejudicial fallaron, no nos queda otra que iniciarle cobro de factura por vía judicial.

    Lo primero que debes saber es que esto tendrá un importante gasto de inversión y de tiempo, por lo que, al contrario de lo que se pueda pensar, mientras más tarde tomes la decisión de demandar, es peor.

    ¿Por que? Por los plazos de prescripción, es decir, dentro de que plazo podemos demandar.

    Vamos con eso.

    Prescripción de la Factura

    El plazo de prescripción de la acción ejecutiva para el cobro de Factura, es de un año, desde que se hizo exigible, es decir, desde que se debió pagar.

    Acá debemos distinguir dos situaciones:

    • Si el pago de la Factura era en cuotas: Cada cuota prescribe al año desde que fue exigible, por lo que, por ejemplo, si el pago era en 3 cuotas, quizás la primera pueda estar prescrita, pero las otras 2, no.
    • Si la Factura se pagaba «a la vista»: Se entiende exigible pasados los 8 días de plazo para objetarla.

    Aclarado esto, te tengo una mala noticia: Debe pasarse por 2 juicios para cobrar una factura.

    En efecto, el cobro de factura comienza por un procedimiento denominado «Gestión Preparatoria de la Vía Ejecutiva de Cobro de Factura». Terminado este, se pasa al Juicio Ejecutivo de Cobro de Factura, propiamente tal.

    Lo sé, se ve como una verdadera lata. ¿Te acuerdas que te dije que mientras más te demores en decidir demandar era peor, debido a la prescripción?

    Ahora te explico por qué.

    Te dije que el plazo era de un año y que el cobro de la factura requiere de dos procedimientos judiciales.

    El tema pasa porque la notificación que cuenta para que tu factura no prescriba, es la del segundo procedimiento (juicio ejecutivo), no el de la primera gestión (gestión preparatoria de la vía ejecutiva)

    Por ello, lo que en realidad tienes es un año para que la demanda en procedimiento ejecutivo esté notificada al deudor.

    ¿Captas para donde voy?

    Espero que si, sino, te lo explico: Si bien el plazo de prescripción (plazo para demandar) es de un año, la decisión la tienes que tomar máximo al mes número 6 para no arriesgarte a que te prescriba sin tener al deudor notificado en el juicio ejecutivo de cobro de factura (el segundo juicio). Por eso, que mientras más te demores en demandar, peor.

    Probablemente hasta ahora no te he dado ningún buen motivo para demandar, pero preferimos ser honestos y que tengas el panorama completo.

    ¿Más malas noticias? Vamos con los Costos.

    Costos de un Juicio de Cobro de Factura

    En un juicio hay muchos gastos. Principalmente en este caso van de la mano de las notificaciones.

    Una notificación en Santiago, esta costando entre $40.000 y $60.000.

    En la Gestión Preparatoria de la Factura existe una notificación.

    En el Juicio Ejecutivo de cobro de factura, en promedio, puede haber entre 1 y 3, dependiendo de cómo se desarrolle el juicio.

    Eso no es todo, debes considerar que por embargo de bienes ubicados en el lugar donde tiene su domicilio quien te deba el pago de la factura, un receptor cobra entre $100.000 y $150.000.

    Por embargar mediante anotaciones a un vehículo, inmueble, impuestos del SII, cuentas corrientes y otros, entre $40.000 y $50.000.

    Por rematar bienes, desde $350.000.

    ¿Ves por qué es importante considerar el monto de la factura antes de pensar en demandar?

    A esto debes sumar los gastos del abogado, pues si o si para demandar requieres uno.

    La verdad acá los gastos son, justificadamente o no, bastante variados y puedes encontrar quién te haga ambas gestiones por distintos precios. Solo para que te hagas una idea, por un juicio ejecutivo, deberían estar cobrando desde $350.000, pero no te extrañes si hay por más. Fácilmente puede sobrepasar el millón de pesos, pues hay quienes cobran de acuerdo al monto de la factura.

    Por la Gestión Preparatoria del Juicio Ejecutivo, que es un juicio más corto, podrías encontrar quien lo haga desde $150.000.

    Pero como en todo, considera que lo barato, merece ser mirado con un poco de desconfianza. Te aconsejamos ir por el término medio.

    El Ultimo Costo: Tiempo.

    Una Gestión Preparatoria de Factura, demora cerca de 1 a 2 meses dependiendo de si pudiste notificar a tu deudor fácilmente o no.

    Por su parte, un juicio ejecutivo de cobro de factura, es más extenso y impredecible, por lo que solo te diré por ahora, que puede ir desde los 5 a 10 meses. Todo depende de si tu deudor se defiende y de que tan rápido se le notifique.

    ¿Vamos con la buenas noticias?

    En un juicio, si ganas la demanda, el monto ya no será el que te debían en su minuto, sino que incluirá en el monto, reajustes e intereses.

    Generalmente, si se trata de un negocio más o menos establecido, desde nuestra experiencia, suelen pagar son la sola notificación de la demanda cuando ven que la cosa va en serio. Sin embargo, también existe gente a la que no le importa. Tú conocerás tu deudor mejor que nosotros.

    Por otra parte, una vez que demandas a alguien, aunque te pague, no se eliminará nunca del sistema del poder judicial, que fue demandado, por lo que este es un importante elemento, quizás, para una cobranza prejudicial.

    Puedes perseguir el pago, en todos los bienes del deudor (empresa o persona natural), esto implica congelar cuentas corrientes, embargar todo lo que haya en el domicilio del demandado, poner prohibiciones de venta a vehículos, casas, oficinas, departamentos, retener devoluciones de impuestos, boletas de garantía, pagos de clientes, derechos o acciones en sociedades, entre muchos otros.

    Requisitos de la Factura para ser cobrada Judicialmente

    • Que la factura no haya sido reclamada, es decir, objetada dentro de los 8 días que establece la ley.
    • Que su pago sea exigible y la acción de cobro no esté prescrita.
    • En la misma conste el recibo de mercaderías entregadas o el recibo de servicios prestados, con indicación del recinto.
    • Que haya sido puesto en conocimiento el deudor la factura impaga, mediante notificación judicial y que  dentro del tercer día no alegare su falsedad (esta es la gestión preparatoria que mencionamos antes).

    Conclusiones

    Si ya estás en la situación de que no te quieren pagar una factura, debes hacer dos análisis: Analizar la Factura y Analizar al Deudor.

    Para Analizar la factura, revisa que no esté prescrita y revisa el monto, para ver si vale la pena demandar.

    Si este análisis es positivo, pasa a analizar a tu deudor.

    Básicamente la pregunta es ¿Tiene bienes para embargarle? y, si los tiene ¿Son de importancia como para que se sienta forzado a pagarme (aunque representen poco) o son suficientes para pagarme todo?

    Si encontramos dónde apretar las teclas precisas, puede que si bien no tenga tantos bienes de donde rematar, sean bienes de una importancia tal que le hagan mover cielo, mar y tierra para pagarte.

    Solo a modo de tip, existen empresas que participan de licitaciones importantes y que tener una demanda, le haría perder toda posibilidad de ganar una. ¿Se capta la idea?

    Contáctanos.

    Artículos Relacionados