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Si te despiden en Chile, lo primero es revisar la carta de despido antes de firmar el finiquito: verifica la causal invocada, la fecha de separación, los años de servicio y si las cotizaciones están al día (Art. 162 CT). No firmes el finiquito sin asesoría — si tienes dudas, fírmalo con reserva de derechos expresa. Si el despido fue injustificado, tienes 60 días hábiles para demandar (Art. 168 CT).
Cuando te despiden, el problema no es solo perder el trabajo: también empieza de inmediato la presión por reaccionar bien. Aparecen la carta de despido, el finiquito, las dudas sobre tus años de servicio, las cotizaciones, la causal invocada y el miedo de firmar algo que después te impida reclamar.
Por eso este artículo va a lo más importante: qué revisar primero, qué errores evitar y qué pasos conviene tomar antes de firmar cualquier documento. Para entender el contexto completo del despido injustificado, revisa nuestra Guía Completa de Despido Injustificado.
Paso 1: Revisar tu Carta de Aviso de Despido
(Si te despidieron sin carta de aviso, lee este artículo sobre el Despido Verbal. Si no tienes contrato escrito, revisa: No Tengo Contrato de Trabajo y Me Despidieron)
- Revisa Tus Años de Servicio: Es lo primero, porque la sanción por despedir injustificadamente a alguien es un recargo sobre la indemnización por año de servicio. En consecuencia, si no tienes al menos un año de antigüedad, no obtendrás nada demandando, salvo, que tu contrato haya sido a plazo o por obra o faena (sigue leyendo…). Entonces ¿qué pasa si llevo menos de un año trabajando y me despiden? no llevas nada extra aunque demandes (salvo la excepción anterior) ¿qué pasa si llevo 6 meses trabajando y me despiden? lo mismo. En conclusión, si tengo contrato indefinido y me despiden en Chile, para que valga la pena demandar tengo que tener al menos un año de antigüedad, salvo la excepción de los contratos por obra o faena y a plazo fijo.
- Revisa La Fecha de la Carta: Debes revisar la fecha de la Carta, pues tu empleador tiene 3 días desde que te despidió (si es que lo hizo verbalmente primero) para entregarte la carta de aviso de despido según art. 162. Si lo hizo al día 4, el despido no cumple con las formalidades y será injustificado.
- Revisar otras formalidades: Se debe conocer si te enviaron esa carta a tu domicilio mediante carta certificada (aunque te la hayan entregado presencialmente), como así también haber enviado una copia de esta a la Inspección del Trabajo. Esto es mejor que lo revise un abogado.
- Revisar la Fecha de Separación en la Carta: Generalmente una carta dirá que te separa del trabajo con la misma fecha que se te entrega, pero no siempre es así. Es importante revisar esto, pues en ocasiones el empleador busca eximirse del pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo dando aviso de 30 días antes, pero muchas veces, este periodo es más corto que 30 días, lo que conlleva que la indemnización por año de servicio debe pagarse igualmente.
- Revisa la Causal Invocada: Es donde se cometen la mayor cantidad de errores. Muchas veces la carta solo dice la causal sin explicar por qué aplica, no se indica causal, se explica vagamente, solo se pega una definición de la causal pero no explica por qué la empresa se ve obligada a despedirte por esos motivos, etc. Consulta las causales legales en BCN. Todos estos casos son cartas mal redactadas que habitan de por sí a solicitar la declaración de despido injustificado.
- Recordar tu tipo de Contrato de Trabajo: Se relaciona con el punto 1. Si no tienes antigüedad no sacarás nada demandando, SALVO, que tu contrato haya sido a plazo o por obra y te estén despidiendo antes de la finalización del plazo o de la obra. De ser asi, se debe pagar todos los meses que faltaban para el término del contrato o de la obra.
- Revisar el Proyecto de Finiquito: Suelen acompañarse junto al finiquito, un proyecto de finiquito. Fíjate si te harán un descuento del aporte del empleador a tu AFC, porque de ser así, la única forma de reclamar contra ese descuento será judicialmente. Además, el finiquito debe expresar que tus cotizaciones están al día. Otra cosa importantísima sobre este punto: NO FIRMAR NINGUN FINIQUITO SIN ANTES HABLAR CON UN ABOGADO. Espero esté suficientemente claro. Si decides firmarlo, asegúrate de hacer Reserva de Derechos para proteger tu derecho a demandar. Si lo firmaste sin reserva, lo más probable es que ya no podamos hacer nada.
¿Te despidieron y no sabes si firmar o demandar?
Cuéntanos qué dice la carta, cuántos años llevas y si ya te mostraron el finiquito. Revisamos rápido si conviene firmar con reserva o no firmar todavía.
Revisar mi caso antes de firmarPaso 2: Contactar un Abogado Antes de Firmar el Finiquito
Si crees que tu despido fue injustificado, solicita que un abogado lo revise por ti. Lo mismo si derechamente ni si quiera te entregaron una carta al despedirte y fuiste víctima de un despido verbal.
Si determinan que efectivamente tu despido fue injustificado y que tu demanda valdrá la pena desde lo económico, entonces se debe presentar una demanda ante los tribunales.
Punto importante
El reclamo en la Inspección del Trabajo es obligatorio previo a la demanda cuando lo que se reclama no supera los 10 ingresos mínimos mensuales (procedimiento monitorio, Art. 496 CT). Si supera ese monto, puedes demandar directamente.
¿Qué se obtiene si se demanda? Depende, pero en términos generales entran en cuestión los siguientes ítems. Guía completa: Indemnización por Despido Injustificado.
- Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo: equivale a un mes de sueldo. ¿Cuándo se paga mes de aviso? cuando tu ultimo día de trabajo no es en 30 días más.
- Indemnización por Años de Servicio: equivale a un mes de sueldo por cada año de antigüedad y fracción superior a 6 meses, es decir, si tienes un año y 6 meses, cuenta cómo 2 años y así sucesivamente.
- Devolución del descuento hecho por el empleador a tu finiquito por aporte al seguro de cesantía (pd: los tribunales suelen ser vacilantes en otorgar esta devolución)
- Pago de cualquier otra suma de dinero que se te deba
- Pago de meses restantes de sueldo hasta el término de la obra o plazo del contrato, si corresponde.
- Otras acciones compatibles: Acción de Tutela o Nulidad del Despido.
Ideas finales
Después de un despido es normal sentirse presionado a firmar rápido o aceptar lo que la empresa ofrece. Pero ese momento puede definir si después podrás reclamar montos, causales, cotizaciones o indemnizaciones.
Antes de firmar el finiquito, conviene revisar la carta, la causal, los años de servicio, las cotizaciones y si corresponde dejar reserva de derechos.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué hago si la carta dice una fecha distinta a mi último día trabajado?
- Guarda la carta, registros de asistencia, mensajes y cualquier comprobante del último día real de trabajo. Esa diferencia puede afectar plazos, aviso previo y cálculo de prestaciones.
- ¿Qué pasa si me piden devolver computador, uniforme o herramientas antes del finiquito?
- Puedes devolver bienes de la empresa dejando comprobante escrito de entrega. Eso no reemplaza la revisión del finiquito ni significa aceptar la causal o los montos.
- ¿Conviene responder la carta de despido por correo?
- Solo si la respuesta está bien pensada. Un correo impulsivo puede perjudicar tu versión; normalmente conviene guardar la carta, revisar antecedentes y responder con asesoría si hace falta.
- ¿Qué documentos debo pedir o descargar el mismo día del despido?
- Carta de despido, proyecto de finiquito, últimas liquidaciones, certificado de cotizaciones, contrato, anexos, registro de vacaciones y comprobantes de pagos variables o bonos pendientes.
Alcance del contenido
Este contenido es informativo y no reemplaza asesoría legal para un caso concreto. Si quieres conocer los criterios con que elaboramos y revisamos estos contenidos, puedes revisar nuestra Política editorial.
Sobre el autor

Abogado
Fundador del estudio. 12 años asesorando empresas en derecho societario, laboral, insolvencia y contratos.
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