
Si tu empleador no paga las cotizaciones previsionales, el problema es serio. Afecta tu salud, tu seguro de cesantía y tu ahorro para la vejez. En Chile, existen dos caminos principales para enfrentar esta situación: autodespido o reclamo en Juzgado de Cobranza Laboral.
Para entender el contexto completo del autodespido, revisa nuestra Guía Completa de Autodespido.
¿Por qué es grave el no pago de cotizaciones?
En el derecho chileno, las cotizaciones previsionales son obligatorias y deben pagarse por el empleador. Incluyen:
- AFP (pensión)
- Salud (FONASA o ISAPRE)
- AFC (seguro de cesantía)
Si no se pagan, el trabajador puede quedar sin cobertura de salud y con lagunas previsionales, lo que afecta directamente su futuro. Para referencia legal, ver Ley 17.322.
Opción 1: Autodespido
En el derecho chileno, el autodespido permite poner término al contrato cuando el empleador incumple gravemente, como en el caso de cotizaciones impagas (art. 171 del Código del Trabajo).
Esta opción permite:
- Terminar la relación laboral con indemnizaciones.
- Exigir el pago de cotizaciones adeudadas.
- Abrir la puerta a la nulidad del despido (Ley Bustos) si corresponde.
Guías completas:
- Autodespido en Chile ¿Cómo Irme Con Mis Indemnizaciones?
- Cómo Demandar el Autodespido
- Cómo Hacer la Carta de Autodespido
Si el problema es específicamente el no pago de cotizaciones, también existe el Autodespido por No Pago de Cotizaciones.
Opción 2: Reclamo en Juzgado de Cobranza Laboral
Si no quieres perder el empleo, puedes usar un mecanismo de la Ley 17.322. El artículo 4 de la Ley 17.322 permite solicitar que la institución previsional demande al empleador para cobrar cotizaciones impagas.
Este reclamo:
- Se presenta sin abogado.
- Requiere un título ejecutivo (liquidaciones, actas, sentencia, etc.).
- Obliga a la institución previsional a accionar judicialmente.
Para más información sobre este procedimiento, consulta la Dirección del Trabajo. Este camino es menos conocido, pero útil si quieres mantener la relación laboral.
¿Qué relación tiene esto con la Ley Bustos?
Si te despiden con cotizaciones impagas, puede proceder la nulidad del despido, lo que obliga al empleador a pagar remuneraciones hasta convalidar el despido.
Ver detalle: Ley Bustos y Nulidad del Despido.
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- Autodespido por No Pago de Cotizaciones
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- Ley Bustos y Nulidad del Despido
Conclusión
El no pago de cotizaciones previsionales no es un error menor: afecta tu salud, tu seguridad social y tu futuro. En Chile existen dos caminos claros para protegerte: el autodespido o el reclamo en cobranza laboral. La elección depende de si quieres salir del trabajo o mantenerlo.
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo autodespedirme si no me pagan cotizaciones?
- Sí. El no pago de cotizaciones es un incumplimiento grave que habilita el autodespido.
- ¿Qué es la Ley Bustos?
- Es la sanción de nulidad del despido cuando el empleador despide con cotizaciones impagas.
- ¿Puedo reclamar sin perder el trabajo?
- Sí. Puedes presentar un reclamo en el Juzgado de Cobranza Laboral para que la institución previsional cobre las cotizaciones.
- ¿Necesito abogado para el reclamo en cobranza?
- No. La ley permite presentar el reclamo sin patrocinio de abogado.
Sobre el autor

Victor Iturra A.
Abogado
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Diego Portales. Año 2013.