¿Quieres saber como cambiar los socios de una SpA?
Entonces estás en el lugar correcto.
Primero que todo, técnicamente lo que estamos cambiando son accionistas (¡no modificando la sociedad!) y la forma de hacer las cosas, si bien es muy similar, cambia según si tu sociedad está inscrita en el Registro Simplificado de Empresas y Sociedades (empresa en un día) o en el Registro de Comercio (Escritura Pública).
También cambia como cambiar los socios de una SpA si lo que pretendes es vender toda la sociedad por acciones o en realidad es solo agregar socios o accionistas, pues lo primero implicará además cambiar al representante legal (salvo que quisieras vender todas las acciones de tu empresa, pero seguir siendo el representante legal. Seria raro, pero puede ser)
Sin embargo, antes de tocar estas distinciones, lo primero es lo primero:
Libro de Accionistas

Lo primero para empezara pensar en como cambiar los socios de una SpA, es saber que vamos a necesitar el libro de accionistas. Ese que seguramente no tienes (nadie lo tiene).
Este libro de accionistas es un registro donde se indica los accionistas de la sociedad, sus datos personales de contacto, la cantidad de acciones, cuando las adquirieron, entre otras cuestiones. Es en definitiva un libro que mantiene el historial de transferencias de acciones de la sociedad y demuestra quienes son los socios actuales. Su mantención es responsabilidad del representante legal de la Sociedad (Gerente, Administrador o Directorio)
Necesitamos de este libro actualizado para el cambio de socios de la SpA, pues el representante legal debe certificar quienes son, al momento de la cesión de las acciones, los socios actuales de la Sociedad a fin de certificar en definitiva, que quien esta cediendo acciones, es accionistas y tiene la cantidad de acciones que está cediendo.
Este libro debe ser revisado además por el notario en caso de participar este del contrato.
Certificado de Vigencia de Accionistas
Lo segundo que vamos a necesitar para pensar en como cambiar los socios de una SpA, es un certificado de vigencia de accionistas.
La gracia del libro de accionistas, es que en base a este, el representante legal de la empresa debe certificar por escrito quienes son los accionistas al momento de la compraventa, como así también la cantidad de acciones que tiene el accionista, con la finalidad de dar certeza al comprador de lo que en verdad está comprando como así también de la calidad del accionista del vendedor.
Este certificado debe acompañarse e idealmente procotolizarse junto con la compraventa de acciones.
La Compraventa de Acciones

Lo tercero que necesitamos para seguir con como cambiar los socios de una SpA, es el contrato de compraventa de acciones.
Nuestra ley regula la transferencia de acciones en el Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas. Recordemos que el Código de Comercio indica que a la Sociedad por Acciones se le aplican las normas de las Sociedades Anónimas Cerradas, en tanto no atenten con la naturaleza de la SpA.
Indica entonces, lo siguiente:
Toda cesión de acciones se celebrará por instrumento privado firmado por el cedente y el cesionario, ante notario público o bien cada uno ante dos testigos mayores de edad o ante un corredor de bolsa, debidamente individualizados por su cédula nacional de identidad o rol único tributario, los que podrán ser los mismos si cedente y cesionario suscriben el instrumento en un mismo acto. También podrá hacerse por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario o conforme a lo previsto en la ley N° 18.876, si procediere. No podrá actuar en calidad de testigo, corredor de bolsa o notario público quien comparece en la escritura de cesión como cedente o cesionario de las acciones, ni aun respecto de su contraparte.
Artículo 38 Reglamento de Ley de Sociedades Anónimas
Entonces, tenemos que los requisitos del contrato de compraventa de acciones son:
- Debe ser por Instrumento Privado o Escritura Pública
- Si se opta por el Instrumento Privado, puede firmarse ante Notario, ante 2 testigos mayores de edad o frente a un corredor de bolsa. Los comparecientes, no pueden actuar como testigos en el caso anterior.
Ademas la ley nos indica que se deben tener menciones especiales. Así lo indica el artículo 446 del Código de Comercio.
En los traspasos de acciones deberá constar la declaración del cesionario en el sentido que conoce la normativa legal que regula este tipo social, el estatuto de la sociedad y las protecciones que en ellos puedan o no existir respecto del interés de los accionistas. La omisión de esta declaración no invalidará el traspaso, pero hará responsable al cedente de los perjuicios que ello irrogue.
Art. 446 Código de Comercio
Lo anterior nos quiere decir que técnicamente no es un requisito hacer estas declaraciones, pero de no hacerlas el cedente será responsable de todos los perjuicios que aquello produzca al cesionario.
Efectos de la Compraventa de Acciones
¿Recuerdas que antes indicamos que se tenía que tener un libro de Registro de Accionistas? Bueno, ahora te explicamos por qué.
Indica nuestra ley que los efectos respecto de terceros (incluidos los otros accionistas de la sociedad y la sociedad misma), inician una vez inscrita la compraventa o cesión de acciones en este Registro de Accionistas.
La cesión de las acciones producirá efecto entre las partes desde su celebración, y respecto de la sociedad y de terceros, desde el momento de la inscripción del nuevo titular en el Registro de Accionistas. La sociedad practicará la inscripción en el momento que tome conocimiento de la cesión.
Artículo 41 Reglamento de Ley de Sociedades Anónimas
Lo anterior quiere decir que el contrato no es oponible (exigible, por así decirlo) a terceros, sino desde que esté el nombre del nuevo accionista inscrito en el Registro de Accionistas. Por eso es importante que idealmente se haga todo al mismo tiempo. No es tan difícil.
¿A quién se exige esta inscripción? Al Representante Legal (Gerente General, Administrador, Directorio o a quien alguno de estos designe al efecto)
Como cambiar los socios de una SpA: 4 Pasos

Como cambiar los socios de una SpA en Empresa en un Día (Registro Simplificado de Empresas y Sociedades )
- Necesitamos redactar el Contrato de Compraventa de Acciones
- Firmar el contrato ante Notario o ante dos testigos mayores de 18 años, y solicitar su protocolizado al notario.
- Actualizar el libro de Accionistas de la Sociedad
- Solicitar a un notario la anotación de la compraventa de acciones en el Registro Simplificado de Empresas y Sociedades (Empresa en un día)
Como cambiar los socios de una SpA en el Registro de Comercio
- Necesitamos redactar el Contrato de Compraventa de Acciones
- Firmar el contrato ante Notario o ante dos testigos mayores de 18 años, y solicitar su protocolizado al Notario.
- Actualizar el libro de Accionistas de la Sociedad
- Solicitar anotación en el Registro de Comercio (algunos Conservadores no permiten la anotación de compraventas. Tenerlo presente)
Cambio de Accionistas y Deber de Información al SII
Finalmente, para terminar con cómo cambiar los socios de una SpA (Sociedad por Acciones) debemos actualizar la información en el SII dentro del plazo legal.
Esto se hace de manera online en la página del SII con la clave de tu empresa y debes actualizar la información de esta acompañando los documentos fundantes de tu solicitud:
- Contrato de Compraventa de Acciones protocolizado ante Notario
- Certificado de Vigencia de Accionistas
- Certificado de Anotaciones Vigente (Obligatorio para el Registro Simplificado de Empresas y Sociedades – Empresa en un día)
Como Vender Toda Mi SpA (Sociedad por Acciones)
Todo lo que señalamos anteriormente, basta si lo que quieres es agregar a un socio. Sin embargo, puede ocurrir que tu intención sea deshacerte de tu emprendimiento vendiéndolo completamente a otra persona. Si es asi, lo anterior no basta ¿Por qué? Porque si solo haces lo anterior, seguirías siendo el representante legal de esa sociedad, lo que me imagino no es la idea.
Asi entonces, si queremos vender TODA la Sociedad por Acciones, debemos además modificar los estatutos de la Sociedad.
Esto podemos hacerlo todo en una misma escritura o por separado. En caso de optar por hacerlo todo junto, debe ser si o si por escritura pública. Nuestra recomendación es hacerlo por separado. En otro artículo entraremos en el detalle del por qué.
¿Qué es lo que modificamos? La cláusula general sobre la figura del representante legal, indicando que se sustituye al actual, por el nuevo comprador.
¿Cómo modificar una Sociedad por Acciones?
- Redactamos la Escritura de Modificación o Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas. Por diversos motivos, recomendaremos siempre la escritura pública, principalmente por problemas de interpretación de los bancos respecto de artículos de aplicación supletoria a la SpA contenidos en la ley de Sociedades Anónimas respecto de la Sociedad Anónima Cerrada. Suena complicado, por eso, mejor ir a lo seguro: escritura pública.
- Coordinamos la firma en notaria
- Luego, si es empresa en un día dónde está alojada la Sociedad, debemos completar el formulario de modificación.
- Completado el formulario, nuevamente se debe firmar en notaria.
- Completado todo lo anterior, y como paso común a cualquier tipo de registro de la Sociedad, se informa de los cambios al SII con toda la documentación generada anteriormente.
CONCLUSIONES

Seré honesto contigo. En mi experiencia profesional, esta área sobre cómo cambiar los socios de una SpA es donde he visto la mayor cantidad de errores de gasto de dinero innecesario en clientes que necesitaban de esto. Estos errores se extienden entre abogados, notarios, e incluso contadores que se atreven a hacer trabajo de abogados.
El error, es que no entienden que un cambio de socios en la SpA, a diferencia de la limitada, NO ES una modificación social, en consecuencia, no requiere de una actualización de estatutos (salvo en el excepcional y extraño caso de que se hayan fijado a los accionistas en un articulo NO transitorio de los estatutos. Nunca lo he visto aún).
Cómo lo anterior se ignora, a la persona le cobran por la compraventa de las acciones y luego le cobran por la modificación social (innecesaria).
También he visto como agregan cláusulas a los estatutos con una suerte de historial de todas las modificaciones y cambios de socio, nuevamente, innecesario. Para eso están las anotaciones y el registro de accionistas.
Asi las cosas, no puedo más que recomendarte que si te preguntas cómo cambiar los socios de una SpA, lo hagas con el apoyo de esta guía y si sientes que lo mejor es que lo hagan profesionales, puedes contar con nosotros y contactarnos en el formulario de más abajo.
Hola Victor, muchas gracias por la información, es de mucha utilidad, quisiera ver si me puedes orientar un poco por favor. Creemos una SpA siendo 2 accionistas, 50% c/u , y ambos representamos indistintamente a la sociedad como administradores. Mi socio me cedió su 50% por medio del registro de accionistas firmado en empresa en un día, ahora por lo que entiendo debo informar al SII (me quedan solo 10 días antes de cumplir los 2 meses) como lo hago? tengo que protocolizar esa venta firmada electrónicamente y subir ese documento al SII?
y se me ocurre otra opción, podré realizar un acuerdo de accionistas para modificar la sociedad cambiando la administración dejándome solo a mi, y lo mismo con los accionistas? y protocolizar esa modificación y subirla al SII? espero haberme explicado bien.
Muchas gracias de antemano.
Si, puedes hacer todo eso, pero quizas sea un paso extra innecesario. Como ahora no se existe una compraventa al hacerlo en la plataforma, yo intentaría dar el aviso al SII con el certificado de accionistas. Al adjuntar un DOC te deja poner un comentario y ahí pone que la venta se hizo a través de ese sistema y por eso no hay compraventa. Hecho eso, ve si pasa y si te piden algo más, te dirán qué. Lamentablemte como soy abogado no trabajo con ese sistema, sino «a la antigua» porque hay casos donde aún es necesario, pero cuando es por «plataforma» derivo a los clientes a que lo hagan pr su cuenta, entonces desconozco los criterios del SII para inscribir las ventas por formulario interno.
Gracias Victor.
Buenas tardes, muy buen artículo.
Soy el representante legal de una Spa y me quiero separar de mi socio, necesito orientación y/o representación.
Te puedes comunicar conmigo.
Gracias.
email enviado
Hola. Buen artículo. Quería consultarte cómo se hace el proceso posterior a una compraventa de acciones cuando la única socia de la spa y que ya vendió sus acciones a un tercero, ya no quiere hacer modificaciones de estatuto para cambiar al representarte. Cómo puedo ingresar a la plataforma para subir la compraventa con el nuevo socio y dueño de la spa ?
Lorena, es que si se vendieron las acciones, tu ya no puedes modificar. El tiene que hacer todo por su cuenta. No te necesita. Ahora, si el se niega y tu sigues siendo la representante legal, lo que puedes hacer es renunciar a ese cargo.
Hola, muy buen articulo. Perteneci a una SPA, vendi mis acciones y se informo al SII, sin embargo, aun estoy como uno de los 3 representantes legales y deseo dejar de serlo, y asi, salir completamente de dicha sociedad. Que debo hacer..? Gracias.
Hay que modificar los estatutos de la sociedad, Fuad. Eso es lo que cambia la representación legal, no la compraventa.
Hola Victor. Te cuento somos 2 socios en una spa creada en empresa en 1 día en 2019. En enero 2023 tuvimos diferencias irreconciliables y deseo ceder mis acciones y la representación legal de la empresa ya sea a mi socio actual o un tercero. Me gustaría contar con tu asesoría para llevar a efecto esta modificación.
Te enviaré un correo, Romina.
Hola muy buen artículo, una pregunta se puede expulsar a un socio de una SpA. (empresa en un día), somos una sociedad de 3 y 1 de los socios se convirtió en un problema no aporta nada ni siquiera contesta los mensajes y nos está perjudicando en el desarrollo de la empresa, se puede o que debemos hacer en este caso, muchas gracias.
Habría que ver los estatutos, Paul. Pero lo más probable es que no digan nada al respecto. En ese caso simplemente lo único que se puede hacer es comprar us acciones y que el las quiera vender, pues se trata de una sociedad de capital. Si fuera de personas es diferente.
Hola quedé con la duda . Si es solo sociedad de acciones y no de aporte en dinero se puede sacar a un socio solo cambiando los estatutos claramente con acuerdo de la mayoría de ellos
No. El debe aceptar vender salvo que tengan un pacto de accionistas donde en determinados casos se le obligue a vender
Hola, excelente artículo para quienes estamos viviendo este proceso, existe mucha información dispersa en internet, pero acá lo dejan clarito. Te agradecería una pequeña orientación, para el caso de una SpA constituida en el Registro de Comercio, el paso de «Solicitar anotación en el Registro de Comercio» se puede realizar online en la web de conservador.cl? y el extracto de la escritura de compraventa de acciones lo escriben en la Notaría o debo llevarlo escrito por mi cuenta?
Desde ya gracias!!
Hola Victor.
No, no es necesario ese paso en el registro de comercio. Te dicen que ellos no se meten con quienes son accionistas, así es que no existe la «anotación» (al menos en Santiago). Eso es solo en empresa en un día. Solo debes actualizar la información de socios en el SII. En consecuencia, no tienes que llevar tu compraventa a ninguna parte. Solo subir los documentos necesarios al SII para actualizar la información.
Hola Victor, muchas gracias por tu artículo.
¿Que se puede hacer si un socio quiere salir de la SPA pero el representante de la sociedad no lo permite? Yo quiero salir de una SPA vendiendo mis acciones al otro socio, quien es representante de la empresa, es lo que habíamos pactado, sin embargo no coopera, no ha hecho nada para concretar la venta y mi posterior salida y ya hace meses que no me contesta ¿que puedo hacer? Temo que si hace algo indebido con la sociedad me vaya a meter en problemas.
Quien tiene la mayoría de las acciones, Diego?
Hola Victor excelente información, comparto la empresa con un socio, necesito salir de esta por que ya no esta activa y no me permite continuar en forma individual, el socio no quiere cerrar la empresa, yo quiero ceder mi 50%, empresa SpA.
Es posible comunicarnos en forma interna para enviar documentos de respaldo y ver posibilidad que lleves el caso.
Si. Te enviaré un correo.
Hola Víctor buenas noches , somos 4 socias y la verdad hemos tenido bastantes problemas. Yo soy la representante legal de la sociedad Spa y me quiero salir apenas nos terminen de entregar unos pagos, ellas no lo saben aún . Tengo el 25% y lo quiero ceder a una de mis socias. Tengo poco tiempo para los trámites me pueden ayudar? Quiero hacer solo lo que me corresponda a mi para estar fuera . El resto que lo vean ellas, por ejemplo la cuenta del banco está a mi nombre , el portal de licitaciones públicas también. Saludos y si me pueden contactar lo agradecería
Te enviaré un correo, Alejandra.
Hola muy excelente la explicación, tengo una duda somos 3 Socios de una SPA, y uno de los Socios es el Administrador quiere renunciar a la Administración y ceder sus acciones que son el 50 %, se la quiere ceder a uno de los otros Socios, que se hace gracias
Cesión de acciones y modificación de la sociedad. La cesión de acciones la pueden hacer sin abogado, pero la parte de la modificación tiene que ser redactada por uno. Yo haría todo en una misma escritura.
Hola,
Excelente articulo, ahora la consulta
Una Spa de un solo accionista, ¿Como vendo el 100% de acciones a un comprador y como formalizo la Representación legal del nuevo accionista comprador , gracias.
Saludos .
Serán dos cosas diferentes. Una vender las acciones y otra modificar. Ambas poniendo atención a las formalidades. Con todo, se pueden hacer ambos actos en una misma Escritura de modo tal de dejar todo zanjado el mismo día y hacer todo más efectivo.
Excelente columna don Víctor.
Tengo una consulta, agradecería su respuesta.
Quiero incorporar a mi pareja (no es conviviente ni cónyuge) en una spa la cual por un error del abogado anterior, la dejó con solo 1 acción.
Puedo aumentar las acciones, modificar la administración e incorporar a mi pareja en la spa, pidiendo que me modifiquen el estatuto solamente? O debo pedir que me modifiquen el estatuto para aumentar las acciones, y posteriormente en un acto posterior, incorporar a mi pareja, y luego modificar el estatuto para agregarla en la administración?
Un saludo, desde ya muchas gracias.
Se podría hacer todo junto en una sola escritura que diga relación con aumento de capital y suscripción de acciones, Adriano.
Hola Victor. Excelente columna y gran aporte para quienes emprendemos.
Tengo una consulta.
Mi esposa (regimen sep bienes) tiene un terreno del 2019 y quiere venderlo a sociedad spa que tengo con un socio (50% y 50%) creada con escritura publica (no en un dia), pero entiendo que debo vender mis acciones para que la sociedad pueda concretar la compra.
Que pasos debo seguir: 1. vender las acciones con contrato notarial. 2. Contador debe informar la venta de acciones en SII
3. No es necesario modificar escritura???
Agradeceré su ayuda.
No es necesario que vendas tus acciones para que la sociedad compre ese terreno. Tu y tu sociedad son personas jurídicas diferentes. No corre la prohibición de venta entre cónyuges.
Te pasaste!!
Necesito contactarme contigo.
Yo te escribo.
hola buenas… excelente columna, muy clara y precisa, muchas gracias.
en caso soy RRLL de una spa de 4 socios, sin embargo por cosas del destino estamos actualmente viviendo en distintos lugares de chile e incluso uno de los socios ya no esta el país. La sociedad la verdad es que ya no puede funcionar como tal, por lo que quisiera saber como disolverla. Leyendo la columna, se me ocurría que me vendieran todas sus acciones, pero no se si debo estar presente en notaria junto con el vendedor, o si se puede realizar de otra forma la disolución de la sociedad,
talvez solo realizando el termino de giro en el sii.
Saludos y gracias por compartir tus conocimientos.
Si van a disolver, lo primero es el término de giro.
Luego, si disuelven, lo que se puede hacer es que él te envíe un mandato desde el extranjero para que tú firmas en su representación dicha acta.
Ahora, igual las actas no se firman ante notario, se llevan firmadas, asi es que si se tienen la confianza suficiente incluso podrías hacer tu su firma, con su debida autorización.
Hola buenas tardes, muy claro el articulo, sin embargo como no soy muy entendido en cuanto a este tema se refiere, quisiera saber si me puedes indicar los pasos a seguir para comprar las acciones de 1 de los socios.
Somos 3 socios en total, siendo yo el representante legal de la sociedad, pero yo y otro socio, queremos comprar la parte del tercer socio y luego dividir la sociedad en partes iguales (50/50) para los socios restantes que se mantienen en la sociedad.
Como lo hago?
Cuantas acciones tiene cada uno, Diego?
33,3…cada uno.
Dos compraventas donde el socio que sale venda el 12,15 a cada uno.
Esa compraventa se debe protocolizar en notaria, generar los certificados de vigencia de accionistas, anotar las compraventas si es que está constituida la empresa en empresa en un día y luego actualizar información en el SII.
Si todo lo anterior les complica, nos puedes escribir en contacto para ayudarlos en su proceso.
Víctor;
Muchas gracias por la información.
Hola buen día, primero gracias por la información, muy util.
Te quería consultar en nuestro caso particular, nos encontramos viviendo ambos socios en el extranjero y uno de nosotros quiere ceder su parte de las acciones al otro, la empresa sigue funcionando en Chile, solo que fisicamente no estamos en el lugar. Esto complicaría el proceso? O existen formas validas de hacer comprobar los documentos en el extranjero ante notaria y que eso lo acepten en Chile?
Gracias por la ayuda.
Saludos,
Se puede hacer. Habría que darse un par de vueltas largas, pero se puede. Lo que yo haría es que uno de ustedes de mandato especial en el consulado (te dirán que tiene que redactarlo un abogado), enviarlo a Chile para legalizarlo y protocolizarlo en una notaria, y luego el otro firma la compraventa en su respectivo consulado a nombre de ambos (vendiendo en representación del primero y comprando lo que por mandato se le ordenó vender)
Excelente columna, los que no somos abogados lo agracedemos mucho una pregunta. En mi escritura Spa el abogado no puso que la reforma de estatutos podía ser mediante el acuerdo de accionistas de común acuerdo del 427 de comercio (solo puso que se haría mediante junta extraordinaria), entonces la pregunta es si yo pudiera usar esa formula para modificar los estatutos (el acuerdo de accionistas) aunque esta vía no aparezca en mi escritura. Muchas gracias y éxito en todo. Pato.
Habría que ver cómo se redactó esa cláusula. Pero me cuesta creer que La Haya redactado en términos que se entienda que no se puede modificar por acta de junta extraordinaria de accionistas. Probablemente se pueda, pero hay que ver bien los estatutos
hola, excelente su articulo, estoy vendiendo mi Spa , para lo cual se debe redactar una junta de accionista, hacer un cto de compraventa de acciones y llevar un certificados de socios a la notaria. Soy el unico dueño del 100% de las acciones y el texto de junta dice que los acuerdo de esta deben ser frente a un notario que participo en la junta… consulto si eso se puede sacar y protocolizar ante notario.. la verdad que este «acta o junta» es ficticia conforme yo soy el unico dueño y no hay otros con quien celebrar una junta.. me parece un poco obvio… entonces lo que me complica es la redacción del documento…consejo please..
Mira, el tema de modificar la sociedad por junta de accionistas no lo recomendamos ni lo solemos aconsejar, pues hay una materia de interpretación diversa para algunos bancos justamente a propósito de la presencia de un notario en la junta. El tema es que si el banco aparece alegándotelo eso, no hay como solucionarlo y puede traer una ola de problemas. Por eso, nosotros en la oficina siempre modificamos a través de escritura publica.
Excelente articulo, solo me queda una duda, en el caso de que en la Spa sean 3 socios; socio A, socio B y socio C y dos de estos socios ( B y C) vendan sus acciones al socio A, No seria necesaria una actualización de estatutos? y solo bastaría la anotación de la compraventa ( efectuando todos los pasos que se necesitan anteriormente ) ( empresa en un día) saludos y gracias
Si ni B ni C eran representantes legales, basta la sola venta con las anotaciones necesarias.
Excelente artículo, lo más claro que he visto a la fecha. Me queda la duda de indicar que al SII se debe presentar el «Contrato de Compraventa de Acciones protocolizado ante Notario». ¿Si se hace con 2 testigos es necesario pasarlo igual por Notario?
Si, estimado. Se debe protocolizar porque en realidad empresa en un día lo pide. No es una exigencia legal. De todas maneras es siempre aconsejable hacerlo. No resta.
Hola Víctor, buenas moche o buenos días.
Para efectos tributarios ¿se puede hacer una venta de acciones con carácter retroactivo?
Es decir, firmarlo ahora en Notaría pero que surta efecto al 31/12/2021
Saludos y Gracias por compartir tus conocimientos
Yo simplemente lo haría con fecha anterior usando la formula de dos testigos.
Hola, excelente explicación, pero me queda una duda, en caso de querer ingresar un nuevo accionista pero aportando su propio capital, como se hace dicho trámite. Desde ya gracias
Yo lo haría mediante un aumento de capital, donde el se hace cargo de esa diferencia.
Hola Victor. Para este mismo ejemplo, formalmente, ¿qué trámite NO se haría? Por que ya hicimos una modificación con compra-venta donde un socio salió y le vendió todo a otro de los socios. Ahí hicimos todos los trámites, pero por lo que leo en la guía, en ocasiones no se necesita hacer modificación. Mi caso es igual: nuevo aportante que quedaría con 0,1% de acciones. Saludos.