¿Pensando en el Autodespido?
El autodespido es una herramienta importante para el trabajador cuando se enfrenta a situaciones laborales difíciles o inaceptables. Esta acción implica la «renuncia» del trabajador como respuesta a condiciones laborales que violan sus derechos fundamentales o que hacen que la continuidad en el empleo resulte insostenible por culpa del empleador, pero, llevándose todas sus indemnizaciones como si le hubieren despedido.
El autodespido es un recurso importante para proteger los derechos y la dignidad de los trabajadores, y su ejercicio requiere una comprensión precisa de las leyes laborales y un asesoramiento legal sólido. En este artículo, exploraremos en detalle qué implica el autodespido, las circunstancias que pueden justificarlo, como demandar, casos comunes, y cómo un equipo de abogados especializados puede brindar la orientación necesaria para tomar esta decisión con confianza y seguridad.
Primero, algunas definiciones desde el Derecho Laboral.
¿Qué es el Autodespido?
Es una facultad que nuestra legislación le entrega a un trabajador, frente al hecho de que el empleador deja de cumplir con sus obligaciones emanadas de un contrato de trabajo vigente.
En definitiva, lo que busca el autodespido en Chile es evitar la necesidad de renunciar a tu trabajo.
La regulación legal del autodespido encontramos en el artículo 171 del Código de Trabajo.
Art. 171. Si quien incurriere en las causales de los números 1, 5 o 7 del artículo 160 fuere el empleador, el trabajador podrá poner término al contrato y recurrir al juzgado respectivo, dentro del plazo de sesenta días hábiles, contado desde la terminación, para que éste ordene el pago de las indemnizaciones establecidas en el inciso cuarto del artículo 162, y en los incisos primero o segundo del artículo 163, según corresponda, aumentada en un cincuenta por ciento en el caso de la causal del número 7; en el caso de las causales de los números 1 y 5, la indemnización podrá ser aumentada hasta en un ochenta por ciento.
Tratándose de la aplicación de las causales de las letras a), b) y f ) del número 1 del artículo 160, el trabajador afectado podrá reclamar del empleador, simultáneamente con el ejercicio de la acción que concede el inciso anterior, las otras indemnizaciones a que tenga derecho.
Cuando el empleador no hubiera observado el procedimiento establecido en el Título IV del LIBRO II, responderá en conformidad a los incisos primero y segundo precedentes.
El trabajador deberá dar los avisos a que se refiere el artículo 162 en la forma y oportunidad allí señalados.
Si el Tribunal rechazare el reclamo del trabajador, se entenderá que el contrato ha terminado por renuncia de éste.
Si el trabajador hubiese invocado la causal de la letra b) o f) del número 1 del artículo 160, falsamente o con el propósito de lesionar la honra de la persona demandada y el tribunal hubiese declarado su demanda carente de motivo plausible, estará obligado a indemnizar los perjuicios que cause al afectado. En el evento que la causal haya sido invocada maliciosamente, además de la indemnización de los perjuicios, quedará sujeto a las otras acciones legales que procedan.
Ahora, no cualquier incumplimiento por parte del empleador nos habilita a solicitar el autodespido. Veámoslas a continuación:
Causales de Autodespido
1. Conductas indebidas de carácter grave:
- Falta de probidad del empleador en el desempeño de sus funciones. La falta de probidad entendida como falta de honradez, de integridad y de rectitud en su actuar.
- Conductas de acoso sexual.
- Injurias realizadas por el empleador al trabajador.
- Conducta inmoral realizada por el empleador que afecte a la empresa.
- Conductas de acoso laboral
- Vías de hecho ejercidas por el empleador en contra del trabajador
2. Los actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos.
Aquí podría haber entrado, por ejemplo, obligar a una persona de la tercera edad a permanecer en un trabajo con exposición al publico cuando comenzaba la pandemia.
3. Incumplimiento grave de las obligaciones que impone un contrato.
Generalmente van en esta causal de autodespido, el no pago de cotizaciones, stress laboral, depresión, no pago de sueldo, etc.
Si hay algo que se repite en las causales es el concepto «grave». ¿Qué elementos deben considerarse para determinar la gravedad del incumplimiento del empleador para poder pedir el autodespido?
Que un incumplimiento sea grave significa, según nuestros tribunales, lo siguiente:
«Que sea de tal magnitud que determine necesariamente el quiebre de la relación laboral, debiendo considerarse para tal determinación la naturaleza de la infracción imputada, años de relación laboral y de experiencia del trabajador, el deber infringido y su incidencia en este caso en los intereses del trabajador, el perjuicio que ocasiona a la contraparte (…) la relevancia legal y contractual que esta encierra, de cara a los principios de buena fe y de lealtad entre las partes, y además la connotación alimentaria y social que se encuentra implícita en la causal invocada (no pago de cotizaciones y remuneraciones, por lo que sustentan en derecho el despido indirecto alegado por la actora, resultando en consecuencia procedentes la declaración de despido indirecto, las indemnizaciones e incremento demandados, debiendo acogerse la demanda interpuesta en tales aspectos, en la forma que se determinará en la parte dispositiva del presente fallo»
(Juzgado del Trabajo Punta Arenas, 02.09.2010 Causa RIT M-25-2010).
Algunos ejemplos son los siguientes:
Rebaja unilateral del sueldo del Trabajador.
«La rebaja unilateral y arbitraria de parte del empleador de la remuneración acordada en el contrato de trabajo excedió no sólo las facultades otorgadas por la ley, vulnerando el artículo 12 del Código del Trabajo, sino que también infringió gravemente las obligaciones que imponía el contrato, lo que autoriza al trabajador a ponerle término de acuerdo con lo prevenido en el 160 N° 7 en relación con el 171 del mismo cuerpo legal»
Negativa a otorgar los medios para desarrollar el trabajo convenido
«Si el empleador no otorga los medios para que el trabajador desarrolle sus servicios porque le niega el trabajo convenido incurre en incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales».
Autodespido por Menoscabo laboral por cambio de funciones.
«Es dable concluir que la terminación del contrato de trabajo realizada por el actor (trabajador) se ha ajustado a derecho, desde que el empleador incurrió en incumplimiento grave de las obligaciones que le imponía el contrato que lo ligaba al demandante, por cuanto modificó sustancialmente las funciones para las cuales el dependiente había sido contratado, ocasionándole un menoscabo de tal entidad que justifica la decisión adoptada por el trabajador»
Autodespido por No pago de cotizaciones previsionales
Esta es la más fácil y ganable de todas, pues a diferencia de todo lo demás, se basta por un documento: el certificado de cotizaciones previsionales. Nuestros jueces han interpretado que para esto no existe justificación, por lo que probando documentalmente que las cotizaciones no están al día, procederá la nulidad del despido. De este modo, cualquier laguna en tus cotizaciones previsionales de AFC, cotizaciones previsionales de AFP y cotizaciones previsionales de salud (FONASA o ISAPRE) te habilitarán a demandar.
Autodespido por Violación a los derechos fundamentales de los trabajadores
Ejemplos comunes de autodespido son los ligados discriminación y poner en peligro la seguridad de los trabajadores, sin que sea necesario que ocurra un accidente laboral para caer en esta última causal.
Autodespido por Depresión
Este caso de autodespido es muy común, pero es tan común que muchos colegas lo presentan mal sin antecedentes suficientes. Para poder demandar, no basta que tengas depresión, sino que dicha depresión, debe ser por tu trabajo. Para bien o para mal, no basta que tu psiquiatra o psicólogo emitan un certificado diciendo que tienes depresión, sino que tu depresión debe ser calificada como una enfermedad laboral. Esta calificación como enfermedad laboral la debe realizar la ACHS o Mutual de Seguridad. Si ellos rechazan la calificación existe todo un procedimiento para apelar, pero en definitiva, no basta solo con la opinión de tu psiquiatra o psicólogo. Si queremos ganar el juicio e ir a la segura, se debe contar previamente con esta calificación. ¿Podemos demandar igualmente? Si, pero apuntando a negociar más que a ganar en sentencia. La gran mayoría de las causas laborales se negocian, por lo que contactamos más abajo con los detalles de tu caso para ver si es al menos negociable en caso que no tengas todo lo anterior.
Autodespido por estrés laboral.
En este caso de autodespido aplica exactamente lo mismo descrito anteriormente. Generalmente se incluyen aquí casos de exceso de horas de trabajo o teletrabajo sin limites, entre otros.
Autodespido con licencia médica
Lo mismo, y muy relacionado con los dos anteriores. Si te vas a autodespedir por licencias médicas, lo que se relaciona a una enfermedad, esa enfermedad debe ser de carácter laboral. Ahora, si solo circunstancialmente estás con licencia pero el motivo del autodespido es otro (ej: no pago de cotizaciones previsionales), entonces solo espera para presentar la carta el ultimo día de tu licencia. No es inhabilitante estar con licencia médica para demandar.
¿Encajas en algunos de estas hipótesis o dentro del concepto de «grave»?
Entonces atención a las formalidades. Vamos con ello…
¿Cómo Hacer un Autodespido?
El Autodespido nos permite liberarnos de ese trabajo que nos causa tanto daño, pero para demandar el Autodespido, no es sencillo. Debemos seguir los siguientes pasos.
Tiempo aproximado: Desde 30 días
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Encajar en una Causal Legal
Primero, debes si o si, encajar en alguna de las causales del art. 171 del Código del Trabajo que desarrollamos en esta guía. Si no la tienes y te autodespides igual, probablemente perderás la demanda y te tendrán como renunciado.
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Juntar tu Documentación Básica
Segundo: Recolecta tu documentación: Contrato de Trabajo y sus Anexos, Últimas 3 liquidaciones de Sueldo, Documentos que prueben tu causal de autodespido, si es que existen, y, si es posible, Certificado de Cotizaciones Previsionales (AFP, AFC y FONASA/ISAPRE)
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Contratar un Abogado Laboral
Tercero: Necesitarás Abogado especialista en Autodespidos. Estamos acá para ayudarte si lo deseas. Solo contáctanos por cualquiera de los medios disponibles en nuestra página web. Somos de Santiago, pero podemos tomar casos en todo Chile
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Realizar la Carta de Autodespido
Cuarto: Hacer la Carta de Autodespido. Es algo muy delicado. Mejor que lo haga tu abogado. Se debe redactar una carta explicando los hechos y la causal invocada. Luego dentro de plazo (3 días) se debe enviar por carta certificada a tu empleador con copia a la Inspección del Trabajo.
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Presentar Reclamo en la Inspección del Trabajo (no siempre)
Quinto. Esto te lo dirá tu abogado, pero si el total de tu caso (sin contar los recargos) equivale a menos de 10 IMRM, se debe presentar un reclamo en la inspección del trabajo antes de demandar. Si el comparendo en la Inspección del Trabajo no termina bien, se seguirá con el punto siguiente.
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Presentar Demanda de Autodespido
Sexto. Redactar Demanda de Autodespido y presentarla dentro de plazo. El juicio se compone de dos audiencias: preparatoria y de juicio. La preparatoria es al mes de presentada la demanda y es donde casi todas suelen terminar en acuerdo.
Suministro:
- La mayor cantidad de antecedentes documentales posibles
Herramientas:
- Abogado Laboral
Indemnizaciones del Autodespido y recargos
¿Cuánto me deben pagar si me autodespido? La respuesta es «depende».
Generalmente una demanda de autodespido suele ir acompañada de una demanda de tutela laboral, lo que cambia montos. Sin embargo, en caso que no lo sea, lo que obtendrás en sentencia por un autodespido es lo mismo que hubieras obtenido si te hubieran despedido (lo que es diferente a si hubieras renunciado), es decir:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo,
- Vacaciones proporcionales
- Indemnización por años de servicio, si procede, y,
- Todo lo que te deban por prestaciones laborales.
Además aplicarán recargos que dependen de la causal invocada:
- En un 50% en caso de que el empleador incurra en la causal del número 7 del artículo 160 y
- Hasta en un 80% en caso de que el empleador incurra en las causales de los números 1 y 5 del mismo artículo.
Finalmente, si la demanda va aparejada de una demanda por tutela, se deben sumar entre 6 a 11 de tus sueldos mensuales.
Si pierdes la demanda, llevarás lo que corresponda como si hubieras renunciado.
Conclusiones
El Autodespido en Chile es una de las demandas más delicadas de presentar, pues tu como trabajador tienes la carga de probar los hechos invocados. Si el Juez rechaza el reclamo del trabajador por autodespido, se entenderá que el contrato de trabajo ha terminado por renuncia del trabajador. Por esto es TAN IMPORTANTE hace todo muy bien, pues si se hace mal, se te considera renunciado, lo que implica que no tendrás ningún tipo de indemnización.
Lo importante, para ganar una demanda de autodespido en Chile, o, al menos llegar a un buen acuerdo, es hacer todo muy bien desde el comienzo, por lo que la asesoría debe ser desde la redacción de la carta.
Si te encuentras en una situación laboral en la que estás considerando seriamente solicitar tu autodespido, nuestro equipo de abogados especializados en derecho laboral está aquí para ayudarte. Contamos con una amplia experiencia asistiendo a trabajadores en situaciones similares, y estamos comprometidos a brindarte la asesoría necesaria para tomar la mejor decisión en tu caso. No estás solo en este proceso, y estamos dispuestos a proporcionarte orientación legal sólida y apoyo personalizado. Tu futuro laboral es valioso, y te animamos a ponerte en contacto con nosotros hoy mismo para una consulta gratuita y confidencial. Juntos, podemos evaluar tus circunstancias y tomar medidas para garantizar tus derechos laborales. No dudes en comunicarte con nuestro equipo de abogados para comenzar a tomar control de tu situación laboral
Hola, mi empleador dice que me quieren reubicar todavía no se si es en la misma faena o en otra, el tema es que le dije q no aceptaría una reubicacion que me despidiera y me dijo q no tenían dinero. Ahora hace dos días me llamo y me dijo que me darán un permiso especial, soy supervisor y por lo que veo otra persona a estará realizando mi trabajo. Ahora no me Dan motivos del porque me quieren dar permiso o porque me quieren reubicar. Esto aplica para autodespido. Fuera de eso estando en casa no recibiré dos bonos que son el bino de subida a faena y el bono por no manejar en faena. Aplico para autodespido.
Tendría que revisar tu tipo de contrato y el contenido de ese para ver si es por obra o faena o es indefinido.
Buenas Tardes
La empresa se esta Cambiando de ubicación La situación es muy estresante y la Política del Dueño es al que no le guste Que se valla ya que no se pagara a nadie. Ademas que las Funciones de ventas que realizo ya solo se realizan para otra empresa del Mismo Dueño Pero es Otra Razon Social (No existe cambio de Contrato y el pago de Sueldo es por la Empresa Original) .
Así Como Las cotizaciones Provisionales
Aparecen asi en mi Cartola de la AFP
Es Factible Ver la Alternativa del Auto despido??
06-2024 Cuenta Obligatoria Declaracion Y No Pago 0 C 0,00
06-2024 Cuenta Obligatoria Declaracion Y No Pago 0 A 0,00
05-2024 Cuenta Obligatoria Declaracion Y No Pago 0 C 0,00
05-2024 Cuenta Obligatoria Declaracion Y No Pago 0 A 0,00
Hola. Si, hay deuda de cotizaciones.
a que correo podemos conversar si es Factible avanzar
Nelson, te enviamos un correo pero rebotó. Escribeme a v.iturra@aijabogados.cl
Hola, mi empleador ha incurrido en (1) no respetar una licencia médica, haciéndome trabajar todo el primer mes de la licencia; (2) negarme derechos que todos los demás trabajadores tienen: no me deja hacer teletrabajo; (3) trasgrede el art 22 ya que me exige cumplir horario; (4) me mantiene al margen de instancias importantes, entrega de información, etc., estando todas las demás jefaturas; (4) ha hecho comentarios peyorativos de mi frente a un grupo de trabajadores; (5) delegarme una excesiva carga de trabajo que, además, no corresponde a mis funciones y (6) hacer traspaso de mis funciones a mi subalterna, degradándome y trasgrediendo mi jerarquía. Errores administrativos deben haber miles, partiendo por el retraso de dos meses en el que incurrieron para hacerme firmar el contrato cuando ingresé. me recomienda autodespido?
Llevo 11 años en una empresa (inspección de obras) y desde hace 6 con otra jefatura (zona sur), tengo contrato por artículo 22. Pero constantemente me llaman para saber dónde estoy, que estoy haciendo y tengo comentarios de la jefatura como «y que tanto estás haciendo?», «sabes cuál es mi cargo (gerente)?», y en sí, varios comentarios que miran en menos. La sobre carga es harta, recibiendo correos de la jefatura a las 12 de la noche.
En otras palabras, ya estoy aburrido tanto control, que menosprecien mi trabajo y para peor, me tiren las jinetas encima.
No puedes tomarte vacaciones con anticipación porque debes estar a la espera que te den el OK y puedes quedar hasta con los pasajes comprados, porque no puedes dejar al cliente botado.
Aparte de eso, ni se han pronunciado con algún anexo por las 40 horas.
Estoy entre el auto despido o licencias por stress.
Favor comentarme cuál es la vía. No estoy dispuesto a perder los años de servicio.
Tienes que partir poniendo una denuncia en la inspección y que ellos diriman el asunto.
Hola, llevo 6 años en una empresa trabajando como portero de día los sábados, domingos y festivos, y durante muchos meses el día domingo y feriado nadie me reemplaza para ir a colación, yo soy el único guardia y portero que cumple funciones durante el día, sólo a veces los días sábado mandan otro guardia como apoyo, mis turnos son de 12 horas continuas (7 a 19 horas), y durante mi trabajo no puedo desatender en ningún momento la puerta de ingreso y las cámaras de vigilancia.
Esto es causal para un auto despido por vulneración al contrato de trabajo?
Puede ser, pero tienes que prepararlo, es decir, reclamar formalmente por las buenas y solo demandas si aún asi, no te respondieron.
Trini: Pedí aumento de sueldo , nunca llego, choque un vehículo por casualidad, me quede dormida y no llegue a trabajar ; llevo 8 meses con licencia el 20-09-2023 terminó, puse demanda de auto despido, me pusieron constancia en la inspección por no presentarme a trabajar, que debo hacer . Ayuda por favor .
Trinidad, si ya puso una demanda debe tener un abogado. Es mejor que le pregunte a el que conoce todos los detalles de su caso. No logré comprender porque saltó de chocar un vehículo a autodespedirse.
Hola ,aquí en la empresa llevo 5 años,cambiaron de jefatura,soy chofer , peoneta, planillero, Rutero y he pedido que me aumento de sueldo,pero argumentar que no se puede, ahora tengo a cargo camión y furgón ,los cuales no Stan en condiciones,me tienen en bodega sin trabajar y esto me tiene stresado,pues es mi sueldo más comisión,y los jefes no dan respuesta a mis requerimientos, gracias
Llevo 10 años trabajando en una empresa y hoy en día el dueño vendió la empresa y cambiaron todas las condiciones contractuales del contrato, anteriormente 1 año tuve licencia por estrés laboral lo que la mutual lo rechazo y sin nisiquiera enviarme a un psiquiatra que me evaluará, todo este diagnóstico fue particular, se a provocado un menos cabo a mi persona, trabajo con el artículo 22 pero de igual manera trabajo de lunes a domingo 10 horas aproximadamente, el fin de semana es un poco menos pero hay que estar operativo, hace 3 meses murió un colega de infarto posiblemente por la carga laboral que tubo por yo estar con vacaciones que hace 3 años no me las podía tomar, además de estar con permiso también tenía que trabajar e incluso con licencia médica, hoy despidieron a un colega que también llevaba 10 años pero a ellos los obligaban a firmar finiquito de mutuo acuerdo cada cierto tiempo sino se iban, todo este tiempo trabajando bajo esta presión, ganando sueldos bajo lo que paga el mercado, quisiera me pudieran orientar
Tengo un contrato de trabajo que se inicio el 2007 con una empresa para luego esta por decisión propia del empleador se nos cambio a otra del mismo rubro el año 2022, como representante legal el hijo, reconociendo ademas los años de servicio de la empresa anterior y nuevamente se nos cambia a otra empresa del mismo del mismo rubro pero con otros representantes legales también reconociéndonos nuestros años de servicio anteriores, hoy en dia se nos adeudan cotizaciones, isapre y afc por las 3 empresas y parte de nuestros sueldos que aun no han sido cancelados a la fecha, ademas nuestros sueldos lo cancelan vía transferencia de a acuerdo a la liquidación lo que no es lo real acordado. Esto me da pie a un auto despido.
Si, claro que si, Sergio
Hola califica el autodespido en el siguiente caso :
Soy persona que tengo sueldo variable mensual : fijo + comisiones , trabajo de lunes a viernes al igual que mis colegas pero mi contrato es antiguo y a mi no se me paga semana corrida .
Además se me descuenta pérdida por inventario siendo que no tengo asignación por perdida . He tenido que firmar documento como anticipo , pero en mi liquidación sale que es inventario .
A todo esto llevo 16 años en misma empresa
Si, pero te recomiendo poner una denuncia en la inspección del trabajo antes. Cuando son incumplimientos de ese tipo, muchos tribunales piden que el trabajador reclamen formalmente antes de decidir autodespedirse.
Llegue hace 3 semanas de una licencia médica por enfermedad a mi columna y estoy siendo acosada sexualmente por un compañero de trabajo puedo auto despedirme?
Intentar todas las denuncias formales por escrito primero. Jefatura, Inspección del Trabajo.
Tengo una enfermedad profesional calificada por ACHS. Por hostilidad y maltrato de la jefatura(dueño),cuando fueron de ACHS mi jefe no los atendió. Además hace un mes han contratado a otra persona y le dió el cargo de «jefe administrativo» y le dieron las funciones que yo realizaba, mi contrato dice secretaria, y a mí me han dejado con las funciones mínimas y me han quitado el celular y se lo han entregado a esta persona, puedo autodespedirme con estos argumentos y que tan probable es que sea favorable para mí?
Obvio, con la enfermedad profesional declarada hay muy buenas posibilidades. Te enviaremos un correo.
Buenas tardes, puedo solicitar un autodespido ya qué mi empresa no cumplió con el pago de sala cuna, cuando lo pedí me lo negaron, si bien la empresa debía otorgarlo ya qué cuenta con la cantidad de mujeres que exije la ley para el pago de esta.
Después de eso con el tiempo la jefatura me ha discriminado porque hice reclamos en la inspección laboral.
¿Que tipo de represalias han tomado?
Hola ,mi consulta es si estoy sufriendo acoso laboral y ahora estoy con licencia médica por lo mencionado,¿cuanto tiempo tengo para hacer un auto despido estando con licencia médica ?
Si la licencia medica te la dio la ACHS, mutual o IST por enfermedad profesional, nada. Si no es asi, pone la denuncia de enfermedad profesional primero.
1) Si alguien tuvo licencia médica por depresión con psiquiatra particular, pero esta depresión se incrementó por el stress laboral provocando otra licencia (también por psiquiatra particular) ¿Se puede argumentar como una causal grave?
2) ¿Como o donde se pone la denuncia de enfermedad profesional?
La respuesta a ambas preguntas está en tu segunda pregunta. Eso lo tiene que calificar la Institución que corresponda. En la pagina de la suceso, con tu clave unica, en la sección «mis mutualidades» puede ver quien administra el seguro de accidentes de tu empleador, si la ACHS, Mutual o IST
Hola , trabajo en una empresa donde mis colegas y jefa fuman en el comedor . Podría ser causal de auto despido ?
No le veo la gravedad suficiente, Valentina.
Hola. Trabajo en un colegio hace 14 años y medio. En este momento estoy con licencia desde junio de este año. Fue calificada por la Mutual como enfermedad profesional. Yo fui a la Mutual porque no daba más, no me sentía bien en mi trabajo. No me envió mi empleador.
Este es el Fundamento de la calificación (textual) en el informe: «Los antecedentes expuestos fueron evaluados por un Comité de Calificación multidisciplinario, presidido por un Médico del trabajo, cuya resolución estableció que la patología presentada es de origen LABORAL. De acuerdo al estudio de puesto de trabajo y a la evaluación de condiciones laborales, es posible concluir la exposición al factor de riesgo denunciado. Se identifica un tiempo, frecuencia e intensidad suficiente, además de una relación causal directa entre el cuadro clínico y el motivo de consulta».
¿Esto es razón suficiente para un auto despido?
¿Es necesario denunciarlo en Inspección del trabajo aunque haya pasado tanto tiempo (inicio año 2020) o que mi licencia haya comenzado en junio y ya estamos en julio y aun sigo con licencia?
Otra cosa, la situación comenzó desde marzo o mayo de 2020 aprox. Esto lo mencioné en varios relatos pero en el informe lo registraron con fecha 1-5-22.
Que no concuerde la fecha con mi relato, ¿podría perjudicarme para un auto despido?
Además voy a pedir un informe de la AFP, ya que suelen declarar pero no pagar las cotizaciones inmediatamente. ¿Eso puede ser otra causal?
Gracias por este espacio y por la información.
Si, puedes autodespedirte. Te enviaremos un correo.
Hola sufrí acoso laboral por mucho tiempo en la empresa donde trabajaba desde el año 2022, estube con licencia por estres laboral, y hace poco decidí autodespedirme , envié una carta certificada al empleador con copía a la impección del trabajo, despues de eso que viene ? Tengo que esperar a me notifiquen o algo ?
Tienes que contratar un abogado y demandar, Alejandra
Hola: soy maestro de cocina, sin embargo al no haber suficiente personal ,también hago las veces de delivery , función que no está estipulada en mi contrato. Y bueno realizando un despacho me accidente en moto me fracture la muñeca derecha y actualmente estoy con licencia médica, mi error fue que no declare el accidente como laboral sino como accidente común creyendo que de esta forma no perjudicaría a mi empleador, no obstante no es tenido una buena acogida por parte de este , sabiendo que al no ser accidente laboral e tenido por mis medios costearme traslados,remedios entre otros gastos y sin la ayuda de mi empleador , mi pregunta es si puedo autodepedirme .de ante mano gracias.
Primero pone una denuncia en la inspeccion del trabajo por la informalidad laboral tanto en tu contrato como en como se trato tu accidente y con un resultado positivo, autodespídete.
Hola. Llevo una año y 7 meses para una empresa de salud domiciliaria con contrato indefinido.
En mi trabajo no me entregan las liquidaciones a no ser de que las pida, el años pasado tuve una contusión y me mandaron a urgencia en mi prestador de salud, eso que lo informé el mismo día que sucedió.
Junto con esto al trabajar a domicilio, me están sobrecargando con pacientes algunos días, por lo que, tengo 15 minutos de traslado, en los cuales, es mucho más el tiempo entre casa y casa. Además de esto, me debo aguantar ir al baño hasta la hora del almuerzo 13:15 (si es que voy a la oficina) desde las 7:45-08:00 o en la tarde al volver a casa (19 pm), porque si desde un domicilio a la oficina me demoro 15 minutos ida y 15 de vuelta, pierdo la mitad de mi horario de colación en traslado.
He manifestado esto a la directora y a uno de los jefes de ella y no he visto solución.
Todos los días llego a trabajar en lo administrativo 1 hora en casa.
No me entregan detalle del pago de bencina desde enero de este año.
Y lo único que recibo es insistencia desde la jefa directa de pequeñas cosas que no alcanzo hacer al estar conduciendo de 8 a 7 pm de lunes a viernes, ha generado tantos problemas que tengo pesadillas con ella y taquicardia cuando me habla por whatsapp. Aumentaron mis dolores de cabeza y tuve que cuadriplicar la medicación que me da mi neuróloga por indicación de ella el 29 de mayo.
Gracias
Te recomiendo antes que autodespedirte, denunciar la enfermedad profesional por el stress en quien administre el seguro de accidentes de tu empleador (achs, mutual, íst u otro), y además poner denuncia en la inspección del trabajo, esperando respuesta para decidir ejecutar o no el Autodespido. No son cosas tan lentas.
Tengo 3 años trabajando para una empresa con contrato indefinido, actualmente y durante la alerta sanitaria he estado trabajando en modalidad teletrabajo ya que tengo una hija menor de 5 años (sin modificaciones en mi contrato original) desde que estoy en esa modalidad la empresa no me garantiza algunas herramientas para poder trabajar como el internet, lo pago yo de mi bolsillo a pesar de insistirle en muchas oportunidades que esto deben cubrirlo ellos, el hecho es que mi situación económica actual no me permite mantener este servicio y he solicitado a mi empleador que se haga cargo de una vez por todas pero se niegan, por ende no puedo ejercer mis funciones ya que es una herramienta vital para poder realizar mi trabajo, lo único que me dicen es que pueden hacerme un adelanto de mi sueldo para yo poder realizar el pago del servicio, puedo realizar un autodespido por esto? Cabe mencionar que hice La denuncia correspondiente a la inspección de trabajo en diciembre 2022 por ese motivo y por qué en ese momento tenían 3 meses pagandome menos del sueldo mínimo establecido por ley aún que hasta la fecha la dt no ha ni mandado a fiscalizar el caso, necesito ayuda
Tienes que insistir en la Inspección, Yulie. Según el resultado de esa investigación podemos analizar el Autodespido.
Hola, buenos días.
Llevo 22 años trabajando en minería para una empresa contratista (siempre la misma), consulta, ¿si la ACHS me declarara con Hipoacusia o sordera profesional podría autodespedirme sin perder mi finiquito completo?
Muchas gracias por darse el tiempo de responder nuestras consultas.
Saludos.
De eso se trata el Autodespido, de no perder sus indemnizaciones
Hola buenas tardes llevo 13 años trabajando en una empresa. Este último año tuve un hijo y por enfermedad de el tuve que tomar licencia médica. Fui hablar con mi empleador para poder llegar a un acuerdo ya que no puedo volver al trabajo por mi hijo pequeño, el cual no quisieron por temas económicos mi hijo actualmente tiene 1 año y 4 meses. Esta empresa cambió de razón social yo sigo con la misma de hace años a algunos compañeros si los cambiaron. Dicen que a mi no me pueden despedir por el fuero maternal pero yo vi que se termina al año 84 días del hijo. Lo otro es que quieren que vuelva a trabajar pero cumpliendo otras funciones que mi contrato no dice. Puedo realizar auto despido? Estoy pensando en ir averiguar a la inspección del trabajo.
Hola buenas tarde llevo 11 años trabajando en una farmacia X, por termino de estudios postulé a retiro por sindicato y no resultó y me recomendaron el autodespido , me dijeron por el art 54 bis, que es el detalle de todas tus transacciones para que paguen metas, por imponer metas mensuales unilateralmente, esto serviría para el autodespido?? quedo atenta muchas gracias
Se puede intentar, pero no e Sun argumento muy fuerte si no intentase eso solucionarlo de otra forma que no sea el Autodespido.
Hola, trabajo hace mas de 11 años en una empresa, en septiembre de 2022, achs me calificó con una enfermedad profesional, mi empresa no ha tomado ninguna acción ante esto, siendo que en febrero yo misma, volví a enviar correo a RRHH de mi empresa, al no haber respuesta, fui a la inspección del trabajo, al presentarse dicha institución a fiscalizar multaron a mi empleador, por no tomar medidas conmigo, pero ni aún así han tomado contacto conmigo…
Calificaría para autodespedirme?
Si, claro. Te enviamos un correo, pero no nos has contestado
Si mi empleador recién al tercer mes me va a hacer contrato, y ellos no toman la incitaba sino que se lo deja como opcional al mismo trabajador de querer o no un contrato, me puedo auto despedir?
Si, pero por tu antigüedad no sé si valga la pena demandar. Sacarias solo la indemnización sustitutiva del aviso previo y vacaciones proporcionales.
Buenos dias.llevo mas de 20 años con una depresion severa.tomando remedios clonasepam y sertralina en mi actual trabajo como guardia llevo 17 años.10 de los cuales en comun acuerdo con mi jefe se los vendi lamentablemente el ya fallecio.y converse con los nuevos dueños .o sea con el gerente q esta a cargo de la empresa para llegar a un acuerdo monetario para presentar mi renuncia pero rechazo mi pedido aludiendo q esa no era la politica de la empresa.y si me quiero ir q renuncie voluntario.pero no quiero perder los años trabajados y quiero autodespedirme
Ya no tengo fuerza ni animo de levantarme a las 5 de lamañana y menos de ir a trabajar me levanto con un cuadro de angustia.ganas de llorar etc.aparte tengo una bacteria en mi estomago grado 2 y todos los años tengo q hacerme una endoscopia aparte q tambiem me aqueja una anemia y todo esto para hacerme examenes necesito de recursos monetarios.espero su consejo gracias
Lamento tu situación José. Tienes que averiguar quien administra tu seguro de accidentes laboral. Lo puedes ver en la pagina web de la suceso. En esa institución luego, denunciar por «enfermedad laboral» y ver el resultado de ese proceso. Si todos tus problemas son por el trabajo, te podrás autodespedir. En caso contrario, no.
Yo trabajo de conserje y los feriados no los pagan exepto los que hacen turnos extras, además yo pido turnos extras y no me dan pero si le dan a otros compañeros que hacen 24, horas estando nosotros libres no nos toman en cuenta. Es motivo de autodespido
Primero ponga una denuncia en la inspección del trabajo y si se detectan incumplimientos de parte de ellos, se podrá autodespedir.
Buenos días, trabajo hace 8 años en una empresa, hace 2 meses me diagnosticaron enfermedad profesional la mutual. A la fecha mi empleador, no a tomado ninguna medida de lo que especifica la resolución. Que el agente estresante es mi jefatura directa. La resolución dicta que me tienen que cambiar de puesto de trabajo pero no ha pasado nada.
Puedo autodespedirme??
Ya que no es grato estar ahí y me afecta mi salud mental.
Gracias
Si, te contestamos al correo
Hola,volvi de mi postnatal a una clinica de prestigio.los cuales no me tienen labores me dicen sientese ahy ninguna labor nada en todo el dia,e pedido constantemente a mis jefes que me den que hacer y nada,me siento avergonzada ya que mis compañeras me tratan de floja .o uno nota la mala dispocision,me hacen ir a trabajar sabado y domingo por mis turnos pero el lugar esta cerrado con candado ya que trabajan de lunes a viernes .me puedo autodespedir llevo 8 años rn dicho lugar y me encuentro con fuero maternal un hijo de 8 meses orientenme porfavor
Si, Angelica, pero hay que preparar esto. Lo primero es poner una denuncia en la inspección del trabajo. Si quieres te podemos ayudar con eso.
Hola
Sí estoy con licencia a causa de un hostigamiento laboral por parte de mis compañeras y al poco tiempo también de mi jefa , ésto me causó un estrés , puedo autodespedirme ?
Si, pero es importante que eso lo califique la ACHS o el organismo que administre el seguro de accidentes en tu empresa.
Hola, mi empleador lleva más de un año haciendo los pagos de afp, fonasa y afc atrasados respecto al mes correspondiente, corresponde el autodespido?
Por el solo atraso no, salvo, que te la juegues y te autodespidas antes de que te pague tu ultimo mes.
En un articulo de mi contrato dice que en el mes de marzo de todos los años se podrá ajustar de mutuo acuerdo el porcentaje de bono de producción,pero jamas me han preguntado y se modifica a gusto de la empresa.eso corresponde a un autodespido?
No creo que para Autodespido aún. Deberías partir poniendo un reclamo en la inspección.
Llevo años en la misma empresa, y estoy con licencia desde la pandemia. Resulta y acontece que describí que tengo lagunas en mis cotizaciones pues solo estan declaradas. ¿Es posible el autodespido? Y de ser así, ¿es posible cobrar seguro de cesantia solidario?
Si, a ambas preguntas.
Hola buenos días mi caso es que llevo 12 años trabajando en una empresa deportiva y ya hace meses que la empresa no le ha ido bien por motivos de malas gestiones de los dueños, hace meses que no están pagando la remuneracion en las fechas acordadas en el contrato de trabajo y ahora lo estan haciendo parcialmente, llevo como 4 demandas en la impeccion del trabajo… Saludos.
Yo no perdería más tiempo con esos antecedentes y me autodespediría
Tengo ase más de 1 años licencia por estrés laboral crisis de pánico y depresión dentro de esto quede embarazada ya estoy casi en las 24 semanas y quiero ver como puedo hacer el autodespido nose si puedo aser el trámite den autodespido estando con posnatal
El stress laboral lo calificó quién? la achs? el IST? en medico privado?
Busco asesoría para una negociación con mi empresa , sin tener que renunciar .
El tema es que para negociar la empresa tiene que tener algo que perder, entonces si ellos no te han incumplido, esas negociaciones no tienen mucho futuro. De todas maneras, la inspección del trabajo puede citar a mediar.
Buen día. ¿En que situación laboral quedo una vez cursado el auto despido?¿Puedo en lo inmediato ingresar a otro empleo? Gracias
Si, totalmente.
¿Esto se aplica a funcionarios públicos?, Planta, contrata u honorarios?
Depende del motivo. Es una materia super discutible.
Buen día, me ofrecen cambiar de trabajo en 5 días hábiles más, debo avisar a mi actual jefe, quería hacerlo a través de la Renuncia Voluntaria digital, pero al revisar mis cotizaciones éstas se encuentran impagas (afc/afp/fonasa), realizo de todas manera la renuncia pensando en el nuevo trabajo o demando a través de un autodespido?
Si recurro a lo último, no interfiere en los trámites de contratación por parte de mi nuevo empleador?
Si renuncia no se puede autodespedir.
No, no los interfiere.
Hola mi problema es el siguiente, el mes de enero sustituyeron a la administración del edificio donde trabajo soy conserje, el nuevo administrador no sé si por instrucciones de la administración o a título propio está comenzando a tener acciones del tipo acosó dejando recados y cosas similares a los conserjes, y la verdad ya no me siento tranquilo además de sentir que nos quieren tener vigilados, a tal grado que movieron una cámara de vídeo vigilancia la cual nos la colocarón en dirección nuestra sin darnos una explicación de forma oral o escrita del por qué de esta medida que consideró vulnera el derecho a la privacidad e intimidad de todos los que ahí laboramos, por lo que tomé la decisión de dejar el trabajo pero quería saber si lo de la cámara sería motivo para el auto despido argumentando acoso laboral.
Por si solo es muy débil, salvo que lo refuerces con una denuncia en la inspección.
Buenas tardes.
Me bajaron unilateralmente las horas de mi contrato indefinido, me puse a disposición para realizar alguna función para completar las horas que tenia oficialmente y me dicen que no pueden, que deben finiquitarme las horas. Luego dicen que no es un finiquito, ya que solo es una supresión de horas, no termino de relación laboral y que indemnizaran las horas suprimidas.
No pueden hacer nada de eso, Macarena. Pon un reclamo en la inspección del trabajo.
Mi empleador no ha pagado 4 mese consecutivos las cotizaciones, me puedo auto despedir tengo entendido, la consulta es qué pasa si una vez hecho el auto despido este las paga, invalida la demanda ? Y cuánto dura el juicio ?
Gracias
no, no lo invalida necesariamente. Al menos el Autodespido no queda invalidad. A lo sumo podría poner un tope a la nulidad del despido (que también aplica en el Autodespido), en la medida que pague las cotizaciones y te notifique por carta certificada que ya no existe deuda. Casi nunca esto ocurre.
El juicio, generalmente se ven resultados al mes. Sino, ya depende de cada tribunal y sus tiempos. Puede ser un mes más hasta a veces mucho más.
Hola buenas tardes, soy una persona de tercera edad, llevo 7 años trabajando de cajera en un mayorista. He tenido miles de inconvenientes por acoso laboral de supervisoras, faltas de respetos, injurias y calumnias. Me han obligado a firmar un anexo de contrato nuevo como «pulifuncional» donde debo reponer mercadería. Sufro de tendinitis por lo laboral, estuve con licencia aprobada por el ist. Me han obligado a trabajar ciertas fechas que no corresponden, como feriado irrenunciable (me hacen trabajar un dia libre para recuperar), aumento de horas diarias para recuperar un día feriado. He realizado consultas en inspeccion del trabajo y he puesto reclamos pero nada a servido. sigue el acoso laboral hacia mi persona, mi integridad, no me dejan ir al baño cuando necesito, soy siempre la ultima en ir almorzar a veces a las 6pm, entrando a las 8am a trabajar. Me ha faltado dinero en caja porque me abren las supervisoras la caja cuando voy al baño o almorzar, para que sigan atendiendo y eso no corresponde. Si me pudieran orientar que estoy agotada en este trabajo, mentalmente me tiene mal, estoy con psicologo varios años ya. Saludos
Lamento mucho tu situación, Isabel.
Mi mejor consejo es que dadas las circunstancias pongas la denuncia como enfermedad profesional por el stress laboral en el IST, que es quien seguramente administra el seguro de accidentes de tu empresa (porque me dijiste que ya habías ido a la IST antes. Sino, puedes verlo por internet en la pagina web de la SUCESO). Si eso se declara en tu favor, entonces puedes autodespedirte con toda la seguridad del mundo.
Consulta llevo un año y unos meses con licencia médica hasta el 2 de enero 2023 , pero ya hace 10 meses compin me las rechazo y por lo tanto la envié mi reclamo a la suseso, pero nuevamente me la rechazaron , tengo licencia por Depresión Grave , me atiendo hace 3 meses en consultorio , anterior mente lo hacía por telemedicina me enviaron mis informes médicos para apelar pero ninguno fue aceptado, ahora por este motivo mi empresa me seguía pagando ,mi sueldo pero ninguna entidad me avisó que el compin estaba rechazando mis licencias desde mes de Mayo , a la fecha por lo tanto yo me enteré recién en octubre cuando se me empezó a descontar mi sueldo ya que mi empresa tiene convenio con la caja . Pero mi problema yo tengo dos préstamos internos que mi empresa los sigue pagando , por lo tanto yo le debo ahora a mi empresa ya que tengo rechazadas 10 licencias medicas. Yo puedo auto despedirme . Nesecito orientación a mi problemática. Cómo comenté arriba tengo Depresión Grave y nose que hacer.
La depresión tiene que se una enfermedad laboral para poder autodespedirte.
Alguna vez te vieron en la mutual o la achs?
Buenos dias… Mi empleador hizo un cambio en la forma de marcar la asistencia, antes era la marcacion en libro hoy es atravez del celular en la aplicacion geo victoria, desde hace un mes aprox. he tenido problemas en la marcacion ya que el celular que me pasa la empresa aparece sin chip.. Por ende esta sin internet para marcar, le cambiaron el chip y duro una semana en estos momentos no tengo donde marcar mi asistencia ya que di aviso y demoraran en dar una solucion … Por lo consiguiente estoy sin libro sin telefono sin nada para poder marcar asistencia… Cabe señalar que el cambio de marcacion lleva como dos años y los problemas de los chip es que caducaron y que no soy la unica con este inconveniente… Tengo mis contratos y las pruebas (fotos) que el celular no funciona…. Yo me imagino que es una falta grave ya que el empleador esta incumpliendo con el contrato el tener a un trabajador sin poder firmar su asistencia, ya que ellos cambiaron la forma de control de asistencia ellos me tienen que otorgar los intrumentos que corresponden y no dejarme a la derriba. Llevo casi 11 años de trabajo en la empresa.
Es grave, pero no tanto como para autodespedirte.
Buenos dias… Mi empleador hizo un cambio en la forma de marcar la asistencia, antes era la marcacion en libro hoy es atravez del celular en la aplicacion geo victoria, desde hace un mes aprox. he tenido problemas en la marcacion ya que el celular que me pasa la empresa aparece sin chip.. Por ende esta sin internet para marcar, le cambiaron el chip y duro una semana en estos momentos no tengo donde marcar mi asistencia ya que di aviso y demoraran en dar una solucion … Por lo consiguiente estoy sin libro sin telefono sin nada para poder marcar asistencia… Cabe señalar que el cambio de marcacion lleva como dos años y los problemas de los chip es que caducaron y que no soy la unica con este inconveniente… Tengo mis contratos y las pruebas (fotos) que el celular no funciona…. Yo me imagino que es una falta grave ya que el empleador esta incumpliendo con el contrato el tener a un trabajador sin poder firmar su asistencia, ya que ellos cambiaron la forma de control de asistencia ellos me tienen que otorgar los intrumentos que corresponden y no dejarme a la derriba.
Llevo 9 años de trabajo, estoy con teletrabajo pero este mes mi empleador ma bajo el sueldo , pedi mi contrato de trabajo el cual no me envio ademas de un certifixado para saber los dias de vacaciones que tanpcoo me envio..puedo hacer un autodespido ?
Claramente no puede bajarte el sueldo de manera unilateral. Podrías autodespedirte por eso. Te enviaremos un correo.
Hola ya cumplí los 65 años por lo que necesito saber si tengo derecho a un auto despido al no cumplir con mis vacaciones el empleador siempre nos da 3. O 5 días cada vez y me deben ahora casi 3 años por eso espero una orientación de parte de uds que debo hacer
Jorge, puede ser un argumento, pero habría que enmarcarlo en un contexto más grande de faltas a tu integridad psíquica, como por ejemplo que hayas puesto reclamos por escrito formales respecto de ese tema u otros similares. Ese hecho por si mismo, es meritorio de una multa a la empresa, pero para un Autodespido, sería un caso 50/50.
Si me encuentro con licencia médica, puedo tramitar el autodespido? Con que fecha sería efectivo? Desde realizado el autodespido o desde el término de la licencia?
Desde el término de la licencia vigente.
Si se me declara enfermedad laboral, estress y salud mental, puedo autodespedirme?
Si, Patricia. Claro que si.
Hola buenas noches. Tengo un contrato por el artículo 22 pero en uno de los párrafos dice textual «Sin perjuicio a que el trabajador no tiene obligación de registrar asistencia y determinar las horas de trabajo, las partes acuerdan que para dar cuenta de la asistencia al empleo y con el fin de la coordinación de las actividades diarias y semanales como así mismo para hacer entrega de los informes y gestiones relativas a su cargo, el trabajador deberá presentarse en las dependencias de la empresa de lunes a viernes preferiblemente entre las 8:30 y 18:15 horas. El trabajador no deberá registrar asistencia. ingresos o salidas como tampoco su horario de entrada y salida de las dependencias de la empresa. Lo anterior no significa que el trabajador quede eximido de concurrir a ejercer sus funciones laborales».
Cabe destacar que tengo un jefe directo y que por mi cargo es imposible que pueda realizar mi trabajo desde otro lugar que no sea la empresa.
Aplica ésto para tramitar un autodespido?
Muchas gracias
Tengo una situación similar mi contrato está afecto al artículo 22, pero como las dependencias de la compañía quedan alejadas de la ciudad, se debe subir en buses de la compañía, también tengo supervisor a cargo y por convenio colectivo se tiene horario definido, incluso las horas extraordinarias se pagan con otro concepto, por lo tanto, esto igual debiera poder tramitarse un autodespido, aún cuando se debe tener documentado todos los respaldos que puedan verificar la situación.
Me parece muy útil que nos ayuden….
Muchas gracias por tu comentario, Elizabeth
el no tenerme suguro de cesantia mi empleador , es el equivalente a no pago de impociciones en rigor. siendo mi contrato antes de la ley del seguro
Si, sería una cotización sin pagar, Alberto.
Para las personas con contrato antes de octubre del 2002, el ingresar al seguro de cesantía es voluntario, por lo tanto, si no se ha realizado la incorporación al seguro de cesantía en forma voluntaria, no es una negligencia del empleador.